Desde el 4/3/2024, empresas de más de 50 empleados deben implantar obligatoriamente el protocolo de acoso LGTBI

Protocolo Acoso Laboral Obligatorio: Estrategias para un Entorno Laboral Seguro

En este artículo hablamos sobre:

Un Compromiso con la Dignidad en el Trabajo

El acoso laboral es una preocupante realidad en muchos entornos laborales, socavando la dignidad, el bienestar y la productividad de las personas. Ante esto, los protocolos de acoso laboral obligatorios emergen como herramientas esenciales de compliance para prevenir y gestionar eficazmente estas situaciones. Este artículo se centra en la naturaleza del acoso en el trabajo, los distintos tipos que existen, cómo proceder ante una denuncia y la normativa que respalda estos protocolos.

Moobing y Acoso en el Trabajo: Reconociendo el Problema

El mobbing o acoso son conductas que humillan, intimidan o degradan a un empleado. Estos comportamientos pueden ser verbales, físicos o psicológicos y crean un ambiente laboral hostil y tóxico.

Tipos de Acoso Laboral: Diversas Formas de Conducta Nociva

Los tipos de acoso laboral pueden variar e incluir:

  • Acoso psicológico: Manipulación, intimidación o críticas constantes.

  • Acoso físico: Contacto físico no deseado o agresión.

  • Acoso sexual: Comentarios, gestos o conductas de índole sexual no deseados.

  • Acoso discriminatorio: Basado en raza, género, orientación sexual, discapacidad u otros.

Denuncia por Acoso Laboral: Procedimientos y Apoyo

La denuncia por acoso laboral es un paso crucial para abordar el problema. Los empleados deben tener canales claros y confidenciales para reportar incidentes, sabiendo que serán tomados en serio y sin temor a represalias. 

Normativa Protocolo Acoso Laboral: Marco Legal y Obligaciones


La normativa que regula el protocolo de acoso laboral es la ley 15/2022 de 12 de Julio para la integridad y la igualdad de trato y la no discriminación; y la Ley 10/2022 de 6 de Septiembre de garantía integral de la libertad sexual.

 Estas normativas detallan la necesidad de políticas claras, formación para empleados, procedimientos de denuncia y sanciones para los acosadores.

Protocolo Acoso Laboral Obligatorio: Estructura y Elementos Clave

Un protocolo de acoso laboral obligatorio suele incluir:

  • Definiciones Claras: Establecer qué comportamientos constituyen acoso.

  • Políticas y Procedimientos: Directrices sobre cómo prevenir el acoso y qué hacer cuando ocurre.

  • Mecanismos de Denuncia: Canales seguros y confidenciales para reportar.

  • Investigación y Acción: Procesos para investigar las denuncias y tomar medidas disciplinarias si es necesario.

  • Formación y Sensibilización: Programas para educar a empleados y gerentes sobre el acoso y cómo prevenirlo.

Conclusión: Un Compromiso con un Entorno Laboral Respetuoso

El establecimiento de un protocolo de acoso laboral obligatorio es vital para crear un entorno de trabajo seguro y respetuoso. Estos protocolos no solo son fundamentales para cumplir con las obligaciones legales sino que también reflejan el compromiso de una organización con la integridad, el respeto y el bienestar de sus empleados. Al fomentar una cultura de cero tolerancia hacia el acoso, las empresas no solo protegen a sus trabajadores sino que también fortalecen su reputación y eficacia. En última instancia, abordar proactivamente el acoso laboral es esencial para cualquier empresa que aspire a la excelencia y al respeto en el siglo XXI.

Más artículos sobre cumplimiento normativo

Más de 20 años cumpliendo contigo

¿Necesitas ayuda?

Te asignaremos un consultor experto para buscar una solución a tu problema en menos de 24h. ¡Escríbenos!

¡Será un placer ayudarte!

¿Necesitas asesoramiento personalizado?
¿Necesitas un presupuesto a medida?

Te ayudamos

Coméntanos tu problema para asignarte un consultor especializado y darte una solución jurídica en menos de 24hs.

INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS
Responsable del tratamiento: AUDIDAT 3.0, S.L. | Dirección del responsable: Paseo de la Castellana 182, 6ª planta 28046 Madrid | Finalidad: Sus datos serán usados para poder atender sus solicitudes y prestarle nuestros servicios. Asimismo, si usted nos ha facilitado su currículum personal, sus datos personales serán utilizados para participar en nuestros procesos de selección. | Publicidad: Solo le enviaremos publicidad con su autorización previa, que podrá facilitarnos mediante la casilla correspondiente establecida al efecto. | Legitimación: Únicamente trataremos sus datos con su consentimiento previo, que podrá facilitarnos mediante la casilla correspondiente establecida al efecto. | Destinatarios: Con carácter general, sólo el personal de nuestra entidad que esté debidamente autorizado podrá tener conocimiento de la información que le pedimos. Así mismo comunicaremos su información a entidades ofertantes interesadas en su perfil curricular. | Derechos: Tiene derecho a saber qué información tenemos sobre usted, corregirla y eliminarla, tal y como se explica en la información adicional disponible en nuestra página web. | Información adicional: Más información en el apartado ““política de privacidad”” de nuestra página web. | Delegado de Protección: de Datos dpd@audidat.com