- Cafincas anima a las comunidades afectadas por la DANA a gestionar indemnizaciones por daños a través de sus aseguradoras.
- Recuerdan que el plazo para notificar los incidentes es de siete días, según la Ley de Contrato de Seguro.
- El Consorcio de Compensación de Seguros también puede indemnizar por “acontecimientos extraordinarios” como inundaciones y tormentas.
- La documentación detallada es clave para agilizar las reclamaciones de daños materiales.
Apoyo y asesoría a comunidades afectadas
Tras las recientes inundaciones causadas por la DANA en Andalucía, el Consejo Andaluz de Colegios de Administradores de Fincas (Cafincas) ha expresado su apoyo y condolencias a las víctimas. Además, ha recordado a las comunidades de vecinos afectadas que pueden reclamar indemnizaciones por los daños sufridos a través de sus compañías de seguros.
Según Cafincas, es fundamental que las comunidades notifiquen los daños cuanto antes, ya que la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro establece que el plazo máximo para comunicar el siniestro es de siete días desde que se tuvo conocimiento del incidente. Sin embargo, en algunos casos, las pólizas pueden ampliar este periodo de notificación.
La importancia de contar con administradores colegiados
Cafincas subraya el valor de contar con un administrador colegiado para la correcta gestión de estos incidentes. La presidenta de Cafincas, Mercedes Romero, ha indicado que estos profesionales están capacitados para asesorar a las comunidades de vecinos en la recopilación de documentación necesaria, como fotografías de los daños, facturas de reparación y copias de la póliza de seguro. Esta información es esencial para respaldar las reclamaciones y facilitar el proceso de indemnización.
El Consorcio de Compensación de Seguros y las coberturas extraordinarias
Cafincas ha recordado también que, en situaciones excepcionales, el Consorcio de Compensación de Seguros puede otorgar indemnizaciones adicionales. Este organismo cubre los daños causados por eventos extraordinarios, tales como inundaciones excepcionales o tormentas ciclónicas atípicas. No obstante, para que el Consorcio cubra los daños materiales directos, la póliza de seguro debe incluir coberturas específicas como incendios, robos, rotura de cristales y daños a maquinaria, entre otros riesgos.
Recomendaciones para las reclamaciones
Los administradores de fincas aconsejan a los afectados que presenten sus reclamaciones tanto al Consorcio como a sus aseguradoras para asegurar una mayor cobertura de los daños sufridos. Esta doble vía de reclamación podría agilizar la obtención de indemnizaciones y permitir una recuperación más rápida de los daños materiales en las comunidades afectadas por la DANA.
Imagen: El País