- El Colegio de Administradores de Fincas de Valencia y Castellón pide al Gobierno la reinstauración de juntas telemáticas, similar a lo aprobado durante la pandemia.
- La petición se fundamenta en los daños causados por la DANA del 29 de octubre de 2024, que han dificultado la movilidad y afectado a propietarios y administradores.
- Se busca que las medidas se apliquen únicamente a las zonas afectadas y tengan vigencia hasta al menos el 31 de enero de 2025.
Petición formal para recuperar medidas de emergencia
El presidente del Colegio de Administradores de Fincas de Valencia y Castellón, Sebastián Cucala Crespo, ha solicitado formalmente a la Delegación del Gobierno en la Comunitat Valenciana que se adapten de manera urgente las normativas para permitir la celebración de juntas de propietarios por videoconferencia, en respuesta a la grave situación provocada por la DANA del 29 de octubre de 2024.
Esta petición busca retomar las medidas excepcionales que se aprobaron durante la pandemia, según el artículo 3 del Real Decreto Ley 8/2021. Dicho artículo permitía la realización de juntas telemáticas y la adopción de acuerdos mediante voto por correo postal o comunicación digital, debido a la imposibilidad de desplazamientos físicos.
Obstáculos para la gestión de las comunidades
La tormenta DANA ha generado un escenario de restricciones de circulación, con vehículos dañados y muchos propietarios desplazados de sus residencias. Esta situación ha complicado tanto la movilidad de los administradores de fincas como la de los residentes, dificultando la toma de decisiones cruciales para restablecer los servicios esenciales en las comunidades afectadas.
El Colegio de Administradores considera que en un contexto tan crítico, es fundamental facilitar la toma de decisiones para agilizar la recuperación de servicios y suministros en los edificios residenciales. Por ello, plantean que se habiliten de nuevo las juntas telemáticas para asegurar un marco legal que permita a los propietarios tomar decisiones con plenas garantías.
Aplicación limitada y temporal
La propuesta contempla que estas medidas sean aplicables exclusivamente en los municipios y zonas perjudicadas por la DANA. Asimismo, el Colegio ha solicitado que estas disposiciones tengan una vigencia inicial hasta el 31 de enero de 2025, aunque se está abierto a la posibilidad de extender dicho plazo si las circunstancias lo requieren.