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La ciberseguridad y las nuevas amenazas con sombras del pasado

La ciberseguridad y las nuevas amenazas con sombras del pasado

La percepción de seguridad en el mundo físico no se traslada al entorno digital, donde la exposición a riesgos es constante. El presidente de ISMS Forum alerta sobre la necesidad de reforzar la presencia estatal y la regulación en ciberseguridad. Viejos ataques como los DDoS resurgen, afectando a sectores críticos con altos costes para empresas y gobiernos. Se reclama una estrategia europea que considere la ciberseguridad como parte esencial de la seguridad nacional. De la seguridad palpable a la exposición invisible en el mundo digital La ciberseguridad, hoy más que nunca, exige una mirada renovada frente a amenazas digitales que evocan antiguos patrones de riesgo. Roberto Baratta, presidente de ISMS Forum, plantea una reflexión profunda sobre cómo ha cambiado la percepción de seguridad en un mundo que se siente protegido físicamente, pero está cada vez más expuesto virtualmente. En Europa, explica Baratta, existe una arraigada sensación de seguridad física, fruto de décadas de protección institucional, regulación visible y presencia policial. Sin embargo, esa percepción desaparece al salir del entorno habitual y, aún más, al entrar en el entorno digital, donde no hay cámaras, policías ni señales claras que indiquen qué es peligroso o ilegal. Amenazas digitales: una guerra continua sin barreras visibles En la esfera virtual, todos estamos en primera línea. Correos fraudulentos, phishing, scams, noticias manipuladas y suplantaciones son parte del día a día. «Estamos constantemente bajo fuego enemigo», afirma Baratta, quien insiste en que la falta de percepción del peligro físico nos hace vulnerables en el entorno online. La comodidad con la que usamos nuestros dispositivos contrasta con la intensidad de las amenazas. A diferencia del mundo físico, en el ámbito digital la protección no es visible ni inmediata. Las regulaciones existentes, como la NIS2, aún no alcanzan el grado de aplicación necesario para extender funciones de seguridad estatal al ámbito privado de forma efectiva. CONSIGUE LA GUÍA ESENCIAL PARA DIRECTIVOS PREVENCIÓN DE RIESGOS LEGALES Y PENALES Descargar gratis El retorno de viejos ataques y el alto coste para las empresas Baratta destaca cómo viejos métodos de ataque, como los DDoS, han resurgido con fuerza, dirigidos especialmente a servicios gubernamentales y sectores críticos. Aunque estos ataques no siempre buscan un beneficio económico, su impacto es profundo, obligando a las organizaciones a defenderse solas y asumir costes que deberían estar respaldados por el Estado. Además, el fraude digital sigue creciendo como una «pandemia silenciosa», y el ransomware continúa siendo una amenaza activa. La respuesta del sector privado se ha convertido en una cuestión de supervivencia, situando el gasto en ciberseguridad al mismo nivel que el gasto en defensa y seguridad. Ciberseguridad como componente de la seguridad nacional El presidente de ISMS Forum considera que la Unión Europea debe ir más allá de las exigencias normativas: necesita reconocer la ciberseguridad como parte esencial de la seguridad nacional y europea. Esto implicaría aplicar políticas de incentivos, coordinación institucional y estrategias de protección similares a las del entorno militar. También subraya la urgencia de invertir en talento local. Actualmente, las soluciones más avanzadas proceden de proveedores estadounidenses e israelíes. Para no depender tecnológicamente del exterior, Europa debe establecer regulaciones que obliguen a contar con capacidades técnicas y profesionales específicas, igual que se hizo con la seguridad privada hace más de tres décadas. Conclusión: cerrar la ventana antes de que la tormenta entre La ciberseguridad no puede seguir tratándose como un añadido tecnológico o una inversión opcional. Se trata de una necesidad estructural para proteger la economía, las instituciones y la sociedad. Según Baratta, si no se regulan con claridad las competencias y responsabilidades, y no se apuesta por el talento y la tecnología propia, «dejaremos de nuevo la ventana abierta en medio de la tormenta».

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Implicaciones de MIDNI la nueva app de manejo de información personal

Implicaciones de MIDNI la nueva app de manejo de información personal

MIDNI es la nueva app del Gobierno de España para la identificación digital, válida desde abril de 2025 en entornos presenciales. La app permite mostrar datos personales mediante QR temporales, pero aún no sustituye al DNI físico ni tiene validez en la UE. El tratamiento de datos recae en la Dirección General de la Policía y debe ajustarse al RGPD y al Esquema Nacional de Seguridad. La protección efectiva de los datos y la confianza ciudadana serán claves para el éxito de esta herramienta digital. Identificación digital con garantías: MIDNI entra en funcionamiento En un contexto de digitalización creciente, el Gobierno de España ha lanzado MIDNI, una aplicación móvil que permite a los ciudadanos identificarse digitalmente para acceder a diversos servicios públicos y privados. Esta herramienta, desarrollada por el Ministerio del Interior y la Policía Nacional, está operativa desde el 2 de abril de 2025, y busca agilizar trámites administrativos, mejorar la seguridad y fomentar el acceso digital a servicios esenciales. Qué permite y qué no permite MIDNI MIDNI puede utilizarse en comercios, notarías, oficinas públicas, hoteles o entidades financieras, pero no sustituye al DNI físico ni es válida para viajar o identificarse fuera del territorio nacional. Está previsto que en 2026 amplíe sus funcionalidades para incorporar la firma electrónica cualificada y otras integraciones digitales. Durante su primer año de vida, el uso de MIDNI no será obligatorio. Las entidades públicas y privadas disponen de doce meses para adoptar las medidas necesarias para su funcionamiento, mientras el Gobierno lleva a cabo una campaña de impulso para fomentar su uso entre la ciudadanía. CONSIGUE LA GUÍA ESENCIAL PARA DIRECTIVOS PREVENCIÓN DE RIESGOS LEGALES Y PENALES Descargar gratis Requisitos técnicos y uso controlado de los datos La aplicación está disponible para Android e iOS y requiere vinculación inicial con el DNI electrónico o NIE. La autenticación puede realizarse mediante contraseña, reconocimiento facial o huella dactilar. El usuario decide qué datos mostrar mediante opciones configurables: DNI edad, DNI simple o DNI completo, todos ellos presentados en forma de código QR válido por un tiempo limitado. En todos los casos, los datos se generan desde los servidores de la Dirección General de la Policía, y no se almacenan directamente en el dispositivo. El receptor puede leer, pero no guardar ni copiar la información visualizada, lo que incrementa la seguridad de la herramienta. Protección de datos y garantías legales MIDNI maneja datos sensibles, como nombre, número de identificación, sexo o fotografía. Por ello, debe cumplir estrictamente con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y aplicar altos estándares de seguridad. Según su política de privacidad: Responsable del tratamiento: Dirección General de la Policía. Base legal: El uso de los datos se ampara en el artículo 6.1 b) y e) del RGPD, vinculado al ejercicio de poderes públicos. Datos almacenados: No se guardan localmente, sino en servidores del Ministerio del Interior, y se eliminan cuando el usuario deja de utilizar la app. Seguridad: Aunque se aplican medidas técnicas de nivel alto y un sistema de verificación por SMS, no se detallan públicamente tecnologías como el cifrado de extremo a extremo. Derechos de los usuarios: Incluyen el acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento y reclamación ante la AEPD. Condiciones de uso y responsabilidades Las condiciones de uso establecen que el usuario adquiere esa condición al descargar y utilizar la app, comprometiéndose a hacerlo conforme a la ley. Los servicios son gratuitos, aunque pueden conllevar costes de conexión a internet. Además: La propiedad intelectual de MIDNI pertenece a la Policía Nacional. El uso es personal e intransferible. La DGP no se responsabiliza por usos indebidos o problemas derivados de la instalación en dispositivos del usuario. Un avance con implicaciones críticas MIDNI representa un paso firme hacia la digitalización de los servicios públicos en España. No obstante, su éxito dependerá no solo de su funcionalidad, sino de la confianza que inspire a los ciudadanos. Esta confianza solo se logrará mediante una gestión rigurosa de los datos personales, transparencia sobre los mecanismos de seguridad empleados, y una garantía institucional sólida que proteja la privacidad de los usuarios frente a cualquier amenaza. La ciudadanía debe permanecer informada, proteger sus dispositivos y conocer sus derechos sobre el tratamiento de su información. MIDNI tiene el potencial de transformar la relación entre ciudadanos y administración, siempre que la protección de datos no sea solo una prioridad declarativa, sino una garantía efectiva.

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Protección de Datos somete a consulta pública sus directrices sobre blockchain y datos personales

El Comité Europeo de Protección de Datos somete a consulta pública sus directrices sobre blockchain y datos personales

El CEPD publica directrices para el tratamiento de datos personales mediante tecnologías blockchain. La AEPD ha actuado como ponente principal en la fase preparatoria del documento. La consulta pública estará abierta hasta el 9 de junio de 2025. Las directrices buscan orientar a las organizaciones en el cumplimiento del RGPD al usar blockchain. La AEPD lidera la propuesta de regulación en tecnologías emergentes El Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD) ha aprobado en su sesión plenaria de abril las Guidelines 02/2025 on processing of personal data through blockchain technologies, un conjunto de directrices centradas en el tratamiento de datos personales a través de tecnologías blockchain. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha desempeñado el papel de ponente principal durante la fase previa a su publicación. Consulta pública abierta hasta el 9 de junio Las directrices han sido sometidas a consulta pública, permitiendo que todas las partes interesadas puedan enviar sus comentarios hasta el próximo 9 de junio de 2025. Esta participación busca enriquecer el documento con aportaciones del sector y mejorar su aplicabilidad práctica. CONSIGUE LA GUÍA ESENCIAL PARA DIRECTIVOS PREVENCIÓN DE RIESGOS LEGALES Y PENALES Descargar gratis Evaluación de riesgos y diseño proactivo El CEPD detalla en sus directrices los distintos tipos de arquitecturas blockchain y sus efectos sobre el tratamiento de datos personales. Se destaca la necesidad de incorporar medidas técnicas y organizativas desde la fase de diseño, conforme al principio de protección de datos desde el diseño y por defecto. Además, se subraya la obligatoriedad de realizar una Evaluación de Impacto sobre la Protección de Datos (EIPD) cuando se prevea un alto riesgo para los derechos y libertades de las personas. Ejemplos prácticos y derechos de las personas Las directrices incluyen ejemplos prácticos sobre técnicas de minimización, tratamiento y almacenamiento de datos personales en entornos blockchain. Asimismo, se recalca la importancia de garantizar los derechos de las personas afectadas, especialmente en lo referente a la transparencia, la rectificación y la supresión de datos.

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Guía paso a paso Esquema Nacional de Seguridad

Guía paso a paso Esquema Nacional de Seguridad

¿Estás seguro de que tu entidad cumple con el Esquema Nacional de Seguridad? Puede que pienses que con tener un antivirus actualizado, una política de contraseñas o una copia de seguridad, ya estás dentro de lo exigido. Pero lo cierto es que la mayoría de organizaciones que creen cumplir están muy lejos de hacerlo. El Esquema Nacional de Seguridad (ENS) no es una guía técnica opcional: es una obligación legal para todas las entidades públicas y para muchas privadas que prestan servicios al sector público o manejan datos especialmente sensibles. Y lo que muchos no ven es que no basta con comprar herramientas: hay que implantar un sistema completo, documentado, evaluado y operativo. Desde el primer paso, el servicio Esquema Nacional de Seguridad guía esta implantación de forma integral y adaptada a cada realidad organizativa. Paso a paso: ¿cómo implantar el ENS con garantías? Una implantación real del ENS requiere una hoja de ruta clara. Esta es la guía práctica que toda entidad debería seguir si quiere evitar sanciones, auditorías fallidas o exposiciones de ciberseguridad que podrían haberse evitado. 1. Toma de conciencia: ¿estás obligado? El primer paso es confirmar si tu organización está afectada. Si eres una entidad pública, concesionaria, adjudicataria de servicios, o gestionas datos sensibles en el sector público, estás obligado a cumplir con el ENS. No hay excepciones. 2. Análisis de situación y diagnóstico Este error lo hemos visto decenas de veces: entidades que intentan “cumplir” sin saber desde dónde parten. La implantación comienza con un diagnóstico realista, que evalúe el estado de tus sistemas, políticas, procedimientos y capacidades. 3. Adecuación documental y organizativa Puede que pienses que cumplir es solo cuestión de tecnología, pero el ENS exige un conjunto documental completo: Políticas de seguridad. Análisis de riesgos. Declaración de aplicabilidad. Plan de adecuación y medidas de seguridad. Roles y responsabilidades designados. Y todo esto, ajustado a la categoría ENS que corresponda. ¿Estás seguro de que tienes toda esta documentación viva y actualizada? El servicio Esquema Nacional de Seguridad incluye este paquete documental adaptado, sin plantillas genéricas. 4. Implantación técnica de medidas Solo tras la adecuación documental y organizativa se puede desplegar la parte técnica: cortafuegos, cifrado, control de accesos, trazabilidad, monitorización, etc. Pero sin una base sólida, estas herramientas no bastan ni garantizan cumplimiento. 5. Formación, concienciación y control Uno de los puntos críticos del ENS es la responsabilidad de todos los empleados. Si el personal no está formado ni alineado con las políticas, cualquier medida técnica pierde valor. Además, es obligatorio mantener un sistema de revisión y mejora continua. 6. Auditoría interna o externa Antes de certificar, es necesario validar. La auditoría verifica que todo lo implantado no solo existe, sino que funciona y se aplica. Un error aquí puede hacerte perder contratos o enfrentar requerimientos legales. CONSIGUE LA GUÍA ESENCIAL PARA DIRECTIVOS PREVENCIÓN DE RIESGOS LEGALES Y PENALES Descargar gratis Riesgos reales de no actuar a tiempo La mayoría de las organizaciones subestiman las consecuencias de no tener implantado el ENS. Algunos de los impactos más comunes: Exclusión de licitaciones o pérdida de contratos públicos. Sanciones por incumplimiento del marco legal (art. 156 de la Ley 40/2015). Incidentes de seguridad que exponen datos críticos o paralizan la actividad. Reputación dañada frente a clientes, ciudadanos o entidades públicas. ¿Estás seguro de que tu entidad podría superar una auditoría ENS hoy mismo? El servicio Esquema Nacional de Seguridad no solo te ayuda a cumplir, sino que convierte este cumplimiento en una ventaja operativa y contractual. Cumplir con el ENS no es solo evitar sanciones: es demostrar que tu entidad es fiable, segura y profesional. Implantarlo correctamente exige tiempo, conocimiento y experiencia, pero no tiene por qué ser un proceso caótico ni frustrante. En Audidat acompañamos cada fase del proceso, evaluamos tu situación inicial y te damos una hoja de ruta realista, sin compromiso y adaptada a tu estructura. Si quieres saber dónde estás y cómo llegar al cumplimiento real, habla con un consultor y conoce en detalle el servicio Esquema Nacional de Seguridad: https://www.audidat.com/esquema-nacional-de-seguridad/ Preguntas frecuentes sobre el Esquema Nacional de Seguridad ¿Quién está obligado a cumplir el ENS? Todas las administraciones públicas, entidades que prestan servicios a éstas o gestionan datos sensibles relacionados con la función pública. ¿Cuánto tiempo lleva implantar el ENS? Depende del punto de partida y del nivel de exigencia según la categoría ENS, pero suele requerir entre 3 y 6 meses de trabajo estructurado. ¿Qué pasa si no cumplo el ENS y presto servicios al sector público? Puedes ser excluido de contratos, sufrir requerimientos legales y poner en riesgo la continuidad de tu relación con la administración. ¿Puedo certificarme sin ayuda externa? Técnicamente sí, pero en la práctica es complejo. La mayoría de entidades optan por apoyo especializado para asegurar el cumplimiento y ahorrar recursos. ¿Cada cuánto hay que revisar el cumplimiento? Mínimo una vez al año o cuando haya cambios significativos en los sistemas o servicios. El ENS exige mejora continua y revisiones periódicas.

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Checklist obligatorio canal ético Ley 2/2023

Checklist obligatorio canal ético Ley 2/2023

¿Tienes claro qué implica realmente implantar un canal ético conforme a la Ley 2/2023? Puede que pienses que basta con tener un buzón de denuncias o una dirección de correo… pero eso no solo es insuficiente, es ilegal. La mayoría de organizaciones aún no ha entendido que la nueva normativa no deja espacio para soluciones improvisadas ni simbólicas. Y lo peor: las sanciones pueden llegar incluso antes de recibir una sola denuncia. Uno de los errores más frecuentes es asumir que cumplir con la ley es solo una cuestión técnica. Lo que muchos no ven es que implantar un canal ético conforme a la normativa vigente exige una arquitectura organizativa, jurídica y procedimental completa, con responsabilidades asignadas, plazos definidos y garantías de confidencialidad reales. El servicio Canal ético incluye todos estos requisitos desde el primer día. ¿Qué debe incluir tu checklist obligatorio? Tener una checklist clara es clave para evitar caer en una falsa sensación de cumplimiento. Estos son los puntos que toda entidad obligada debe revisar si quiere adaptarse de forma real a la Ley 2/2023: Designación de un Responsable del Sistema (interno o externo) con independencia y autonomía. Política interna aprobada que regule el uso del canal, los derechos del informante y el procedimiento. Canales internos operativos, accesibles y confidenciales, con posibilidad de informar por escrito y verbalmente. Sistema que garantice anonimato y confidencialidad, sin posibilidad de represalias. Plazos claros: acuse de recibo en 7 días y resolución en 3 meses. Registro seguro de las comunicaciones con trazabilidad y cumplimiento del RGPD. Medidas de protección del informante frente a represalias, sanciones o discriminación. Integración en el sistema de compliance, con evaluación de riesgos y seguimiento. ¿Estás seguro de que tu organización cumple todos estos puntos? Este error lo hemos visto decenas de veces: empresas convencidas de que están al día… hasta que llega una inspección o una denuncia externa. Contar con un servicio Canal ético garantiza que cada uno de estos aspectos se implemente con rigor legal y operativo, sin dejar cabos sueltos. CONSIGUE LA GUÍA ESENCIAL PARA DIRECTIVOS PREVENCIÓN DE RIESGOS LEGALES Y PENALES Descargar gratis Lo que pasa si no tienes esta checklist activada Los riesgos de no adaptar correctamente el canal ético no son solo legales: son estratégicos, reputacionales y organizativos. Algunos de los impactos más graves que hemos observado en entidades que no cumplen la Ley 2/2023: Sanciones de hasta 1.000.000 €, incluso sin denuncias previas. Reclamaciones por falta de garantías a informantes. Conflictos internos por denuncias mal gestionadas o filtradas. Pérdida de confianza de empleados, socios o terceros. Inhabilitación para contratos públicos. La mayoría cree que cumple porque tiene “algo parecido” a un canal ético. Pero la Ley 2/2023 es clara: no basta con tener un formulario o una dirección de correo sin un sistema sólido detrás. ¿Qué pasa si ya tienes un canal implantado? Otro error frecuente es pensar que si tu canal ético es anterior a la Ley 2/2023, ya estás cumpliendo. La verdad es que casi todos esos sistemas necesitan una actualización profunda. Cambian los requisitos, cambian los plazos, cambian las garantías. Revisa especialmente: Si tu política interna ha sido adaptada. Si el responsable está correctamente designado. Si se están cumpliendo los plazos y registros. Si el sistema es verdaderamente confidencial y seguro. Si no estás seguro, el servicio Canal ético te permite auditar y adaptar tu sistema actual sin partir de cero, pero cumpliendo al 100 %. La falta de acción no solo te expone legalmente: te deja sin control sobre los conflictos internos que pueden escalar en cualquier momento. Un canal ético bien implantado no es una carga, es un sistema de protección y mejora continua. En Audidat analizamos tu situación, adaptamos el sistema a tu realidad y lo hacemos sin compromiso. Habla con un consultor y revisa si tu entidad cumple de verdad con los requisitos del servicio Canal ético: https://www.audidat.com/canal-etico/ Preguntas frecuentes sobre la implantación del canal ético ¿Quién está obligado a implantar un canal ético conforme a la Ley 2/2023? Todas las entidades públicas y privadas con más de 50 empleados, así como aquellas sujetas a normativa sectorial específica (prevención de blanqueo, contratación pública, etc.). ¿Qué plazo tengo para implantarlo? El plazo general venció el 1 de diciembre de 2023 para entidades de más de 50 trabajadores. Las que ya estaban obligadas antes, debían tenerlo en marcha desde marzo de ese año. ¿Qué pasa si no tengo canal ético? Puedes enfrentarte a sanciones económicas importantes, además de riesgos reputacionales y legales si surge una denuncia o se detecta incumplimiento. ¿Puedo externalizar el canal ético? Sí, la ley permite designar a un tercero como Responsable del Sistema, siempre que garantice la confidencialidad y el cumplimiento normativo. ¿Es obligatorio permitir denuncias anónimas? Sí. El sistema debe admitir denuncias anónimas y garantizar la confidencialidad del informante en todo momento.

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Guía RGPD para ayuntamientos pequeños: cumplimiento fácil y eficaz

Guía RGPD para ayuntamientos pequeños: cumplimiento fácil y eficaz

Los ayuntamientos, como administraciones públicas más cercanas al ciudadano, gestionan una gran cantidad de información personal en sus trámites diarios. Pero ¿están preparados los municipios de menor tamaño para cumplir con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD)? ¿Conocen sus obligaciones y los riesgos reales que conlleva un incumplimiento? En los ayuntamientos pequeños, donde los recursos humanos y técnicos suelen ser limitados, garantizar una correcta gestión de los datos personales puede parecer complejo. Sin embargo, el cumplimiento del RGPD no es opcional. Afecta desde el registro municipal hasta la gestión de padrones, servicios sociales, subvenciones o sistemas de videovigilancia. Y lo que es más importante: su incumplimiento puede acarrear sanciones económicas, responsabilidades legales y pérdida de confianza ciudadana. Contar con un sistema adaptado de Protección de datos permite a los ayuntamientos garantizar la seguridad jurídica de sus actuaciones, optimizar la gestión documental y evitar errores que puedan tener consecuencias legales. ¿Qué implica cumplir el RGPD en el ámbito municipal? El RGPD y la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD) establecen que cualquier entidad que trate datos personales —incluidas las administraciones locales— debe aplicar medidas técnicas y organizativas adecuadas para proteger esa información. En el contexto municipal, esto se traduce en: Informar a los ciudadanos de cómo se van a usar sus datos. Controlar qué datos se recogen y con qué finalidad. Limitar el acceso a los datos solo al personal autorizado. Establecer plazos claros de conservación y destrucción. Atender adecuadamente el ejercicio de derechos como el acceso o la rectificación. Este cumplimiento debe extenderse a todas las áreas: servicios sociales, urbanismo, atención al público, policía local, cultura, deporte o recaudación. Retos específicos de los ayuntamientos pequeños En este artículo verás cómo los municipios con estructuras reducidas se enfrentan a desafíos particulares al implementar la normativa de protección de datos: 1. Falta de personal especializado Muchos ayuntamientos no cuentan con un delegado de protección de datos (DPD) interno ni con personal jurídico que pueda asumir esta función con garantías. 2. Recursos tecnológicos limitados La digitalización de procesos no siempre va acompañada de las medidas de seguridad necesarias (cifrado, backups, control de accesos, etc.). 3. Acumulación de tareas administrativas El mismo trabajador suele asumir múltiples funciones, lo que puede generar tratamientos inadecuados de información por desconocimiento o exceso de carga. 4. Uso de herramientas no adaptadas Plataformas de correo, mensajería o almacenamiento en la nube no siempre están configuradas para proteger adecuadamente los datos personales. 5. Falta de formación continua Sin una cultura organizativa orientada a la privacidad, es fácil incurrir en errores que comprometan el cumplimiento normativo. Obligaciones legales para ayuntamientos según el RGPD Conocerás en detalle qué debe hacer un ayuntamiento, independientemente de su tamaño, para garantizar la protección de datos personales en todas sus actuaciones: Designación de un delegado de protección de datos (DPD) Es obligatoria para todas las autoridades y organismos públicos. Puede ser personal interno o un profesional externo con la cualificación adecuada. Su función es supervisar el cumplimiento, asesorar y actuar como punto de contacto con la AEPD. Registro de actividades de tratamiento Debe elaborarse un documento que describa todos los tratamientos de datos personales que realiza el ayuntamiento: qué datos se recogen, con qué finalidad, durante cuánto tiempo se conservan, etc. Información clara a los ciudadanos Es necesario informar de manera transparente sobre el uso de los datos: formularios, sede electrónica, comunicaciones, etc., deben incluir cláusulas informativas ajustadas al RGPD. Contratos de encargo del tratamiento Cualquier empresa externa que preste servicios al ayuntamiento y acceda a datos personales (informáticos, asesorías, empresas de limpieza, etc.) debe firmar un contrato conforme al RGPD. Gestión del ejercicio de derechos El ayuntamiento debe tener un procedimiento claro y ágil para atender las solicitudes de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad de los datos. Evaluaciones de impacto Cuando un tratamiento pueda suponer un riesgo elevado para los derechos de los ciudadanos (como sistemas de videovigilancia o plataformas de seguimiento social), es obligatorio realizar una evaluación de impacto en protección de datos. Medidas de seguridad Aplicar medidas técnicas (cifrado, contraseñas seguras, copias de seguridad) y organizativas (control de accesos, protocolos de actuación, formación del personal) proporcionales al riesgo de los datos tratados. CONSIGUE LA GUÍA ESENCIAL PARA DIRECTIVOS PREVENCIÓN DE RIESGOS LEGALES Y PENALES Descargar gratis Buenas prácticas aplicables a municipios de menor tamaño Te contamos cómo cumplir el RGPD sin grandes inversiones y adaptando las medidas a las capacidades del ayuntamiento: Centralizar la gestión de datos personales en una figura responsable o equipo coordinador, aunque no sea específico en protección de datos. Revisar y actualizar los formularios municipales, tanto en papel como electrónicos, para que incluyan cláusulas informativas conforme al RGPD. Limitar la recogida de datos al mínimo necesario, y revisar los procedimientos para detectar excesos o duplicidades. Implantar un registro de accesos para sistemas que gestionan datos sensibles, como padrones o expedientes sociales. Formar al personal administrativo sobre buenas prácticas básicas en privacidad, como no compartir contraseñas o evitar imprimir información sensible sin necesidad. Digitalizar con sentido: utilizar soluciones seguras, controladas y que permitan gestionar los datos conforme a la normativa. Estas acciones permiten avanzar hacia el cumplimiento real sin necesidad de estructuras complejas. Consecuencias del incumplimiento del RGPD en ayuntamientos El hecho de que un municipio sea pequeño no lo exime de las responsabilidades legales. De hecho, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ya ha sancionado a ayuntamientos por: Publicar datos personales en tablones o webs sin consentimiento. Gestionar vídeos de cámaras de seguridad sin la debida base legal. No atender solicitudes de acceso o cancelación de datos por parte de ciudadanos. No contar con contratos con las empresas que tratan los datos en su nombre. Las sanciones pueden incluir: Multas económicas. Advertencias formales o requerimientos de actuación. Publicación de las infracciones, con el impacto reputacional que conlleva. Responsabilidad patrimonial por daños ocasionados a terceros. Contar con asesoramiento profesional, como el que ofrece la Protección de datos, permite evitar errores comunes y garantizar el cumplimiento sin

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Protección de historiales clínicos en centros sanitarios públicos y privados

Protección de historiales clínicos en centros sanitarios públicos y privados

En un entorno donde la digitalización avanza a gran velocidad y el intercambio de información médica es constante, la protección de historiales clínicos se convierte en una obligación crítica para todos los centros sanitarios, tanto públicos como privados. ¿Está tu organización preparada para evitar que una brecha de seguridad exponga información médica confidencial? ¿Se aplican realmente los principios del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) en cada consulta, sistema o procedimiento? Los historiales clínicos contienen algunos de los datos personales más sensibles que existen: diagnósticos, tratamientos, pruebas, antecedentes familiares o psicológicos. Su filtración, pérdida o tratamiento indebido no solo implica sanciones legales, sino también un grave impacto ético, profesional y reputacional. En el sector sanitario, la privacidad es parte esencial del cuidado. Aplicar medidas rigurosas conforme a la Protección de datos es clave para garantizar el cumplimiento normativo, proteger a los pacientes y asegurar la continuidad del servicio sin riesgos legales. ¿Por qué los historiales clínicos requieren protección reforzada? El artículo 9 del RGPD clasifica los datos relativos a la salud como categoría especial, lo que implica que su tratamiento está prohibido salvo que concurran excepciones muy concretas, como la atención médica o el interés público en el ámbito de la salud. Esto afecta directamente a los centros: Hospitales y clínicas privadas. Consultas médicas y gabinetes especializados. Centros de salud públicos. Laboratorios y centros de diagnóstico. Centros sociosanitarios y residencias. La obligación de proteger los historiales no termina con el profesional sanitario. Abarca también a personal administrativo, técnicos, informáticos, empresas proveedoras y plataformas tecnológicas utilizadas. Riesgos más comunes en el manejo de historiales clínicos En este artículo verás cómo algunas prácticas habituales, si no se controlan, pueden vulnerar la normativa: 1. Accesos no autorizados al historial El personal que no participa directamente en la atención del paciente no puede consultar su historial clínico. Esto incluye personal administrativo, técnicos o personal en formación. 2. Uso compartido de contraseñas Compartir claves de acceso a sistemas de gestión médica sigue siendo un error frecuente, especialmente en centros con alta rotación de personal o turnos intensivos. 3. Almacenamiento inadecuado Ficheros físicos sin cerraduras, historiales en papel mezclados con otra documentación, archivos digitales sin cifrado… todo ello supone una grave vulneración del RGPD. 4. Envío de información sin medidas de seguridad Enviar informes médicos por correo electrónico sin cifrado, a través de apps no autorizadas o sin consentimiento, implica un alto riesgo de brecha de seguridad. 5. Conservación de datos más allá del plazo legal Según la normativa sanitaria, los historiales deben conservarse durante un mínimo de cinco años desde la fecha de alta, aunque algunas comunidades autónomas amplían este plazo. Más allá de lo legalmente permitido, deben ser eliminados de forma segura. Requisitos legales para la protección de datos sanitarios Conocerás en detalle las obligaciones específicas que deben cumplir los centros de salud, clínicas y profesionales sanitarios para proteger los historiales clínicos: Base jurídica del tratamiento El tratamiento debe estar basado en: El cumplimiento de una obligación legal. El interés público en el ámbito de la salud. La atención médica prestada por un profesional sujeto al secreto. No se necesita consentimiento explícito para el tratamiento asistencial, pero sí en casos de cesión o tratamientos con finalidades diferentes. Información clara al paciente Los pacientes deben ser informados, de forma clara y accesible, sobre: Quién trata sus datos. Para qué se utilizan. Durante cuánto tiempo se conservan. Cómo pueden ejercer sus derechos. Esta información debe incluirse en la hoja de admisión o consentimiento informado. Control de accesos Los historiales solo pueden ser consultados por profesionales implicados en la atención directa. Se debe implantar un sistema de acceso individualizado, con registros de actividad. Evaluación de impacto (EIPD) Cuando el tratamiento implica un riesgo alto, como en hospitales grandes o plataformas que tratan datos de miles de pacientes, es obligatorio realizar una evaluación de impacto en protección de datos. Contratos con encargados del tratamiento Empresas que prestan servicios informáticos, mantenimiento de software, alojamiento en la nube, destrucción de documentación o gestión de citas deben firmar un contrato de encargo del tratamiento. Medidas de seguridad reforzadas Cifrado de datos en tránsito y en reposo. Autenticación de doble factor para acceder al sistema. Políticas de contraseñas seguras. Sistemas de backup con trazabilidad. Protocolos de respuesta ante incidentes.   CONSIGUE LA GUÍA ESENCIAL PARA DIRECTIVOS PREVENCIÓN DE RIESGOS LEGALES Y PENALES Descargar gratis Buenas prácticas para la protección de historiales clínicos Te contamos cómo implantar medidas eficaces y realistas en el día a día de un centro sanitario: Formación periódica a todo el personal, incluyendo administrativos, celadores y técnicos. Auditorías internas de acceso, para detectar usos indebidos o innecesarios. Destrucción segura de documentos físicos, con empresas certificadas. Uso exclusivo de plataformas homologadas, evitando apps personales o canales inseguros. Revisión continua de los protocolos de privacidad, adaptándolos a nuevas normativas o tecnologías. Aplicar estas medidas no solo evita sanciones, sino que refuerza la confianza del paciente y mejora la gestión asistencial. Casos reales de sanciones por mal uso de historiales médicos La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha impuesto sanciones ejemplares a centros sanitarios por: Consultas indebidas al historial de pacientes famosos. Accesos masivos sin justificación. Envío de información médica por canales no autorizados. Almacenamiento sin protección o destrucción inadecuada de historias clínicas. Estas situaciones, muchas veces evitables con medidas básicas, ponen en evidencia la necesidad de una gestión profesional de la privacidad. Contar con asesoramiento como el que ofrece la Protección de datos permite anticiparse a los riesgos y adaptar cada proceso a las exigencias reales del RGPD. ¿Cómo implantar un sistema eficaz de protección de historiales clínicos? En esta sección conocerás los pasos clave para garantizar una protección sólida de la información médica: 1. Auditoría inicial Analizar cómo se recogen, almacenan, acceden y comparten los historiales clínicos. Identificar riesgos técnicos y organizativos. 2. Elaboración de políticas internas Redactar protocolos claros sobre uso de datos, gestión de accesos, cesión de información, conservación y destrucción de historiales. 3. Formación del personal Impartir formación práctica en protección de datos

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Proteger los datos personales de menores en clubes deportivos

Proteger los datos personales de menores en clubes deportivos

La participación de niños y adolescentes en actividades deportivas implica algo más que entrenamiento y competición. Detrás de cada inscripción, ficha médica o fotografía de equipo, se está gestionando información sensible: los datos personales de menores. ¿Están realmente protegidos en los clubes y federaciones deportivas? ¿Se conocen las obligaciones legales que conlleva su tratamiento? En muchos casos, estas entidades recopilan datos sin aplicar medidas adecuadas de privacidad, exponiendo a los menores —y a la propia organización— a riesgos legales y reputacionales. El cumplimiento de la normativa de protección de datos es especialmente exigente cuando se trata de menores de edad, considerados por el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) como un grupo vulnerable que requiere una protección reforzada. Establecer protocolos claros y actualizados conforme a la Protección de datos es clave para que los clubes y federaciones garanticen la seguridad de la información y cumplan con sus responsabilidades legales. ¿Por qué los datos de menores exigen una protección reforzada? El RGPD y la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD) establecen que el tratamiento de datos personales de menores de edad debe realizarse con especial cautela, aplicando principios de minimización, transparencia y seguridad. Estos datos pueden incluir: Nombre, edad y fecha de nacimiento. Datos de salud (certificados médicos, alergias, lesiones). Fotografías o vídeos en entrenamientos y competiciones. Datos académicos o escolares vinculados a becas o programas de conciliación. Información de contacto de progenitores o tutores. Al tratarse de un colectivo que no tiene plena capacidad jurídica, el consentimiento debe provenir de sus representantes legales, y cualquier comunicación o publicación debe valorar previamente el impacto sobre su privacidad. Riesgos habituales en clubes y federaciones deportivas En este artículo verás cómo determinadas prácticas extendidas pueden vulnerar la normativa y poner en peligro tanto a los menores como a las entidades responsables: 1. Inscripciones sin consentimiento informado Muchos clubes utilizan formularios sin cláusulas de información claras o sin recoger el consentimiento expreso del padre, madre o tutor legal. Esto supone una infracción directa del RGPD. 2. Difusión no controlada de imágenes Publicar fotografías o vídeos de entrenamientos, eventos o celebraciones en redes sociales sin el consentimiento correspondiente es una de las prácticas más sancionadas. 3. Recopilación excesiva de datos Solicitar más información de la necesaria, como datos académicos no relevantes o información médica sin justificación legal, puede suponer una vulneración del principio de minimización. 4. Almacenamiento inseguro de información Guardar fichas físicas sin protección, carpetas digitales sin contraseñas o usar aplicaciones sin medidas de seguridad adecuadas implica un alto riesgo de acceso no autorizado. 5. Acceso inadecuado por parte del personal Permitir que entrenadores, monitores o voluntarios accedan a datos sin necesidad o sin formación específica en protección de datos puede derivar en usos indebidos o filtraciones. Requisitos legales en el tratamiento de datos de menores Conocerás en detalle las principales obligaciones legales que deben cumplir los clubes y federaciones deportivas al tratar datos personales de menores: Consentimiento de los tutores legales El tratamiento solo es legítimo si se cuenta con el consentimiento explícito del padre, madre o tutor legal. En España, este consentimiento es obligatorio hasta los 14 años de edad. Información clara y accesible Se debe informar de manera sencilla y comprensible sobre el uso que se hará de los datos, su finalidad, el tiempo de conservación y los derechos que asisten a los titulares. Contratos con encargados del tratamiento Si la entidad trabaja con plataformas de gestión deportiva, fotógrafos o empresas de comunicación, debe firmar contratos de encargo del tratamiento que garanticen el cumplimiento del RGPD. Registro de actividades de tratamiento Es obligatorio documentar cómo se recogen, almacenan, comparten y eliminan los datos personales, incluyendo medidas de seguridad y responsables internos. Medidas de seguridad reforzadas Los datos de menores deben estar protegidos mediante contraseñas, cifrado, accesos restringidos y copias de seguridad seguras. Protocolo de gestión de incidencias Debe existir un plan claro de actuación en caso de filtración, pérdida o acceso indebido a los datos, con obligaciones de notificación a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) en un plazo máximo de 72 horas.   CONSIGUE LA GUÍA ESENCIAL PARA DIRECTIVOS PREVENCIÓN DE RIESGOS LEGALES Y PENALES Descargar gratis Buenas prácticas para proteger los datos personales de menores en el entorno deportivo Te contamos cómo implantar medidas realistas que garanticen la privacidad de los menores sin frenar el desarrollo de la actividad deportiva: Recoger siempre el consentimiento firmado por los tutores legales antes de inscribir al menor o difundir cualquier tipo de imagen. Evitar almacenar datos sensibles innecesarios, y limitar el acceso a esta información solo al personal estrictamente autorizado. Formar al personal técnico y administrativo sobre las obligaciones legales en protección de datos y la gestión adecuada de la información personal. Supervisar las redes sociales y medios digitales donde se difunda contenido relacionado con los menores. Revisar periódicamente los protocolos internos para asegurarse de que cumplen con los estándares actuales de seguridad y privacidad. Estas prácticas no solo evitan sanciones, sino que generan confianza entre las familias y refuerzan la imagen ética de la entidad. Casos reales de sanciones en clubes deportivos La Agencia Española de Protección de Datos ha impuesto sanciones a clubes por: Publicar imágenes de menores en redes sociales sin consentimiento. Almacenar datos médicos sin base legal ni medidas de seguridad. Compartir listados con información personal entre entrenadores no autorizados. Estos ejemplos muestran que la responsabilidad no se limita a grandes organizaciones: cualquier entidad que trate datos de menores está sujeta a las mismas obligaciones y puede ser sancionada si no cumple con ellas. Contar con asesoramiento profesional como el que proporciona la Protección de datos permite evitar errores y adaptar cada procedimiento a las exigencias reales de la normativa. ¿Cómo implementar un sistema eficaz de protección de datos en clubes y federaciones? En esta sección conocerás los pasos clave para garantizar la conformidad legal desde la base: 1. Auditoría inicial de datos y procesos Identificar qué datos personales se recogen, para qué se utilizan, quién los

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Cumplir el RGPD desde el diseño: claves para empresas tecnológicas

Cumplir el RGPD desde el diseño: claves para empresas tecnológicas

Cuando una empresa tecnológica desarrolla productos, aplicaciones o servicios digitales, cada línea de código y cada decisión arquitectónica pueden tener implicaciones legales. El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) no solo exige proteger la privacidad de los usuarios al final del proceso, sino incorporarla desde el inicio. Este enfoque, conocido como protección de datos desde el diseño y por defecto, es una obligación legal que toda empresa del sector debe cumplir. El incumplimiento de este principio puede dar lugar a sanciones económicas severas, pérdida de confianza de los usuarios y bloqueos en la comercialización de productos. Pero más allá de evitar riesgos, el cumplimiento normativo desde la fase de diseño representa una ventaja competitiva en un mercado cada vez más exigente en materia de privacidad. Implementar el principio de privacidad desde el diseño forma parte del enfoque que garantiza la Protección de datos en proyectos tecnológicos. No se trata de añadir capas de seguridad al final, sino de integrar la protección desde la concepción misma de cada sistema. ¿Qué significa cumplir el RGPD desde el diseño? El artículo 25 del RGPD establece que los responsables del tratamiento deben aplicar medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar que los principios de protección de datos se apliquen desde el inicio del desarrollo de cualquier producto o servicio que implique tratamiento de datos personales. Esto implica: Diseñar sistemas que solo recojan los datos necesarios para cada finalidad. Establecer configuraciones de privacidad por defecto que protejan al usuario. Minimizar los riesgos desde el origen mediante análisis preventivos. Incorporar la privacidad como una funcionalidad esencial, no como un añadido opcional. Esta exigencia aplica tanto a desarrollos propios como a integraciones de terceros, plataformas digitales, dispositivos conectados o algoritmos de análisis de datos. ¿Por qué es especialmente relevante para empresas tecnológicas? En este artículo verás cómo el sector tecnológico, por su naturaleza, se encuentra en el centro del tratamiento masivo de datos personales: Las aplicaciones móviles recogen ubicaciones, contactos, hábitos de uso. Las plataformas web almacenan registros de navegación, formularios, preferencias. Los sistemas de inteligencia artificial analizan y perfilan comportamientos. Las soluciones en la nube gestionan datos de millones de usuarios simultáneamente. La rapidez del desarrollo, el uso intensivo de datos y la innovación constante pueden llevar a descuidar aspectos legales críticos. Por eso, integrar la protección de datos desde la fase de diseño no es solo una obligación legal, sino una necesidad estratégica para garantizar la escalabilidad, el cumplimiento y la confianza. Claves para cumplir con la protección de datos desde el diseño Conocerás en detalle los elementos que toda empresa tecnológica debe contemplar desde la fase de análisis y desarrollo para cumplir con el principio de privacidad desde el diseño: 1. Evaluación de impacto desde la fase conceptual Antes de comenzar cualquier desarrollo que implique un tratamiento de datos personales, es necesario evaluar los riesgos potenciales para los derechos y libertades de los usuarios. La herramienta adecuada para ello es la evaluación de impacto en protección de datos (EIPD), obligatoria cuando el tratamiento entraña un alto riesgo. 2. Principio de minimización Diseñar sistemas que recojan únicamente los datos imprescindibles para cumplir su función. Por ejemplo, no solicitar fecha de nacimiento si solo se necesita validar mayoría de edad. 3. Configuración de privacidad por defecto El sistema debe operar con la configuración más restrictiva en cuanto a recogida y acceso a datos, salvo que el usuario decida lo contrario. Esto incluye: Cookies desactivadas por defecto. Visibilidad limitada de perfiles. Geolocalización desactivada inicialmente. 4. Transparencia informativa Desde el diseño se debe prever cómo se va a informar a los usuarios sobre el tratamiento de sus datos: textos legales claros, accesibles y comprensibles integrados en el flujo de uso. 5. Control granular del consentimiento El usuario debe poder decidir con precisión qué datos cede y para qué finalidades, con opciones diferenciadas y revocables en cualquier momento. 6. Seguridad integrada desde el desarrollo Aplicar el principio de “security by design” mediante: Cifrado de datos en tránsito y reposo. Control de accesos y privilegios. Auditoría de eventos de seguridad. Pruebas de penetración y revisión de código. Estas medidas deben ser parte del ciclo de desarrollo (DevSecOps), no añadidos posteriores. 7. Documentación y trazabilidad del cumplimiento Es esencial mantener documentación interna que acredite que se ha aplicado el principio de privacidad desde el diseño: decisiones, análisis, medidas adoptadas, revisiones realizadas. CONSIGUE LA GUÍA ESENCIAL PARA DIRECTIVOS PREVENCIÓN DE RIESGOS LEGALES Y PENALES Descargar gratis Consecuencias del incumplimiento Te contamos cómo las empresas tecnológicas que no aplican la privacidad desde el diseño pueden enfrentarse a consecuencias graves: Sanciones económicas que pueden alcanzar hasta 20 millones de euros o el 4 % del volumen de negocio global. Suspensión de servicios por orden de las autoridades de protección de datos. Denuncias de usuarios o reclamaciones colectivas que pueden escalar rápidamente. Daño reputacional irreversible, especialmente en startups o productos digitales nuevos. El cumplimiento desde el diseño permite prevenir estos escenarios y construir desde el principio una relación de confianza con el usuario. Buenas prácticas para aplicar el RGPD desde el diseño en proyectos tecnológicos A continuación, conocerás medidas aplicables y realistas que pueden integrar equipos de desarrollo, legal y producto: Incluir un delegado de protección de datos (DPO) en las fases de análisis funcional. Definir requerimientos legales junto a los técnicos, igual que se definen funcionalidades. Validar prototipos o MVPs desde el punto de vista de privacidad. Incorporar revisiones periódicas de cumplimiento en el ciclo de vida del producto. Actualizar el diseño conforme evolucionen las normas o la tecnología. Además, utilizar metodologías como Privacy by Design Framework, promovidas por autoridades de protección de datos, facilita el cumplimiento estructurado. Ejemplos prácticos de aplicación Aplicación móvil de salud Desde el diseño se debe evitar recoger más datos de los necesarios. Si se necesita conocer síntomas, no es justificable solicitar nombre completo, dirección y datos biométricos sin base legal clara. Plataforma de e-commerce Debe integrar ajustes de privacidad accesibles, evitar configuraciones predefinidas intrusivas y permitir gestionar los consentimientos en el panel de usuario. Asistente virtual o

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Audidat: red profesional en cumplimiento normativo con modelo de franquicia

Audidat: red profesional en cumplimiento normativo con modelo de franquicia

En un entorno empresarial marcado por la transformación digital y el endurecimiento de las exigencias legales, el cumplimiento normativo ha dejado de ser un aspecto opcional para convertirse en un eje central de la gestión corporativa. Este nuevo escenario ha dado lugar a una creciente demanda de servicios especializados, particularmente en protección de datos, seguridad jurídica y compliance. En este artículo conocerás en profundidad cómo opera una red de consultoría especializada en cumplimiento normativo como Audidat, y por qué modelos como su franquicia de servicios legales representan una oportunidad profesional consolidada, escalable y con respaldo técnico integral. ¿Qué es una red de consultoría en cumplimiento normativo? Se trata de una estructura profesional que agrupa a consultores especializados bajo una misma metodología, marca y sistema de trabajo. A través de esta red, se prestan servicios a empresas, entidades públicas y profesionales que necesitan garantizar el cumplimiento de normativas legales, muchas de ellas de obligado cumplimiento y sometidas a actualizaciones periódicas. Las áreas clave que cubren redes como la de Audidat incluyen: Protección de datos personales (RGPD, LOPDGDD). Ciberseguridad jurídica y evaluaciones de impacto. Planes de compliance penal y corporativo. Auditorías normativas y formación empresarial. Asesoramiento continuo y mantenimiento legal. A diferencia de un despacho tradicional, estas redes operan con un enfoque sistematizado, accesible y enfocado a la eficiencia, permitiendo a los consultores operar de forma autónoma pero con el respaldo de una organización consolidada. Cómo funciona el modelo de franquicia de servicios legales de Audidat La franquicia de servicios legales de Audidat está basada en un modelo probado, replicado en múltiples territorios, que permite a profesionales emprender en el ámbito del cumplimiento normativo sin necesidad de partir desde cero. El funcionamiento se estructura en tres pilares: 1. Formación técnica y operativa Los franquiciados reciben formación inicial completa sobre legislación aplicable, metodología de trabajo, documentación, operativa comercial y herramientas tecnológicas. Esta formación se actualiza de forma continua para adaptarse a los cambios normativos. 2. Acceso a servicios estructurados Cada servicio que ofrece la red está sistematizado mediante plantillas, protocolos de actuación y soportes técnicos que permiten mantener un alto estándar de calidad, independientemente de la experiencia previa del consultor. 3. Acompañamiento permanente La central de Audidat proporciona un soporte jurídico, comercial y operativo constante. Esto permite que el franquiciado se enfoque en la captación y atención al cliente, mientras cuenta con el respaldo de un equipo multidisciplinar que le da cobertura profesional. ¿Qué diferencia a Audidat de otras redes de consultoría? Audidat ha consolidado su modelo gracias a varios elementos diferenciales: Especialización exclusiva en cumplimiento normativo, no en asesoría generalista. Metodología estandarizada, que permite ofrecer servicios homogéneos y de alta calidad en todo el territorio nacional. Red de consultores altamente capacitados, que comparten procesos, lenguaje técnico y herramientas. Plataformas digitales para la gestión documental, atención al cliente y formación continua. Adaptación a todos los sectores económicos, desde pymes hasta grandes corporaciones. Este enfoque permite que cualquier franquiciado, con independencia de su formación inicial, pueda convertirse en un profesional referente en su zona. ¿Qué servicios ofrece una franquicia dentro de esta red? La oferta de servicios está orientada a cubrir las principales exigencias normativas del tejido empresarial español. Incluye: Adaptación al RGPD y la LOPDGDD. Análisis de riesgos y evaluaciones de impacto (EIPD). Planes de cumplimiento penal, con identificación de delitos, protocolos y canal de denuncias. Asesoría en normativa digital y comercio electrónico. Formación obligatoria para responsables, directivos y trabajadores. Mantenimiento anual del sistema normativo implantado. Todos estos servicios se ofrecen en formato paquetizado y ajustado al tamaño y sector del cliente, lo que facilita su comercialización y fidelización. ¿Qué perfil se busca en los franquiciados de Audidat? El modelo está diseñado para adaptarse a distintos perfiles profesionales. No es imprescindible tener formación jurídica previa, ya que la metodología permite una curva de aprendizaje rápida. Se valora especialmente: Experiencia en atención al cliente o comercial. Interés por el ámbito normativo y legal. Capacidad de organización y autogestión. Motivación para emprender con respaldo. Además, muchos perfiles provienen del mundo de la consultoría, la formación, la prevención o la dirección de equipos, lo que facilita la adaptación al modelo. Ventajas de formar parte de la red de Audidat Pertenecer a una red estructurada como esta ofrece múltiples beneficios frente a emprender en solitario: Uso de una marca reconocida y con trayectoria. Acceso inmediato a herramientas y documentación profesional. Soporte jurídico ante dudas complejas o actualizaciones normativas. Modelo de negocio escalable, adaptado al ritmo de cada consultor. Costes operativos reducidos y alta rentabilidad. Autonomía territorial, con exclusividad zonal en muchos casos. Además, al tratarse de servicios recurrentes y de alta necesidad, permite generar ingresos sostenidos y construir relaciones comerciales duraderas. CONSIGUE LA GUÍA ESENCIAL PARA DIRECTIVOS PREVENCIÓN DE RIESGOS LEGALES Y PENALES Descargar gratis Cómo se inicia en la red de consultoría de Audidat El proceso para unirse a la red es claro y profesional: Contacto inicial para conocer el modelo. Evaluación conjunta del perfil y zona de actuación. Acceso a documentación informativa detallada. Formación inicial, tanto técnica como comercial. Inicio de la actividad, con acompañamiento continuo. Este proceso suele completarse en un plazo corto, permitiendo una puesta en marcha ágil y sin complicaciones, ideal para quienes desean iniciar una nueva etapa profesional con soporte. Profesionales independientes con respaldo experto Emprender en el sector del cumplimiento normativo es más accesible de lo que parece, siempre que se haga con el acompañamiento adecuado. La franquicia de servicios legales permite incorporarte a una red consolidada, con formación, herramientas y soporte profesional adaptado a cada etapa del negocio. Una forma de emprender con independencia, pero sin estar solo. Preguntas frecuentes sobre la red de consultoría de Audidat ¿Necesito ser abogado para unirme a la franquicia? No. Lo esencial es el compromiso profesional. La formación técnica que ofrece Audidat permite operar con seguridad desde el primer día. ¿Qué tipo de clientes atiende esta red? Principalmente pymes, autónomos, centros educativos, clínicas, ayuntamientos y otros organismos que deben cumplir normativas legales. ¿Cuál es la inversión necesaria? La inversión inicial es moderada,

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