Las administraciones públicas locales —ayuntamientos, diputaciones, entidades dependientes— operan bajo una responsabilidad directa de legalidad, transparencia y buen gobierno. Sin embargo, el creciente marco regulatorio, las exigencias de control externo y el riesgo real de incurrir en responsabilidad penal hacen imprescindible establecer sistemas estructurados que garanticen el cumplimiento normativo. Por eso, cómo implementar un plan de compliance en la administración local paso a paso es hoy una de las prioridades en la gestión pública moderna.
La implantación de un sistema de Compliance no es una moda, sino una herramienta preventiva que permite identificar riesgos, corregir deficiencias, acreditar diligencia y proteger a la institución y a sus cargos electos y funcionarios.
En este artículo te contamos cómo desarrollar un plan desde cero, qué fases deben seguirse y cómo evitar errores que podrían traducirse en sanciones, inhabilitaciones o pérdida de subvenciones. Soluciones como el servicio de Compliance facilitan esta implantación en entidades públicas de cualquier tamaño.
¿Por qué necesita la administración local un plan de compliance?
Las entidades locales manejan fondos públicos, contratan servicios, conceden subvenciones, tramitan datos personales y adoptan decisiones que afectan directamente a ciudadanos, empresas y organismos. Esta operativa las expone a una amplia gama de riesgos legales, administrativos y reputacionales, entre ellos:
Fraude en la contratación pública.
Uso indebido o desvío de subvenciones.
Prevaricación, cohecho o tráfico de influencias.
Malas prácticas en la gestión de personal.
Incumplimiento de protección de datos.
Falta de control sobre entidades dependientes o consorcios.
El Código Penal español, tras su reforma, contempla la responsabilidad penal de las personas jurídicas públicas en determinados supuestos, especialmente en organismos de derecho privado o entes instrumentales.
Un programa de Compliance permite detectar estos riesgos de forma anticipada, establecer controles, formar al personal y acreditar una gestión pública basada en la legalidad y la integridad.
Ventajas de implantar compliance en una entidad local
Reducción de riesgos legales y administrativos.
Protección frente a posibles responsabilidades penales.
Mayor transparencia ante ciudadanía y órganos de control.
Cumplimiento efectivo de la ley de transparencia y buen gobierno.
Mejora de la eficiencia interna y trazabilidad de decisiones.
Prevención de conflictos de interés.
Mayor garantía en la gestión de fondos europeos o subvenciones.
Estas ventajas se consolidan al aplicar modelos estructurados como el que proporciona el servicio de Compliance, con herramientas específicas para el ámbito público.
Fases para implementar un plan de compliance en una administración local
1. Compromiso institucional
Todo proceso de compliance debe partir de un compromiso claro por parte del equipo de gobierno y de los órganos directivos. Este compromiso debe ser:
Formalizado mediante un acuerdo de Junta de Gobierno o Pleno.
Divulgado internamente como línea estratégica.
Acompañado de la dotación de recursos humanos y técnicos necesarios.
2. Análisis de riesgos y diagnóstico normativo
Se realiza un mapa de riesgos personalizado, que identifica las áreas más vulnerables de la entidad según su operativa. Entre los factores clave a analizar:
Contratación pública y gestión económica.
Subvenciones y convenios.
Urbanismo y licencias.
Datos personales y transparencia.
Recursos humanos y procesos internos.
Este diagnóstico permite conocer el estado actual del cumplimiento y las zonas de mejora urgente.
3. Diseño del sistema de compliance
Con base en el análisis anterior, se diseña el modelo que incluirá:
Código ético o de conducta para cargos y empleados públicos.
Políticas internas de prevención de riesgos legales.
Procedimientos operativos y protocolos.
Normas de gestión documental y trazabilidad.
Procedimientos ante posibles infracciones o denuncias.
Este sistema debe ser claro, operativo y adaptado al lenguaje administrativo, sin tecnicismos innecesarios.
4. Implantación del canal interno de información
La Ley 2/2023, reguladora de la protección de informantes, obliga a todas las administraciones públicas a disponer de un canal interno de información o denuncias. Este canal debe ser:
Accesible para empleados y terceros.
Seguro y confidencial.
Gestionado por personal imparcial.
Integrado en el sistema de cumplimiento.
Permite detectar irregularidades y actuar antes de que deriven en infracciones.
5. Formación y sensibilización
Todo el personal de la entidad debe recibir formación adaptada a su rol y responsabilidades. Deben comprender:
Qué es el compliance y por qué es necesario.
Cuáles son las conductas de riesgo.
Cómo utilizar el canal de información.
Qué consecuencias puede tener el incumplimiento.
La formación debe ser periódica, práctica y alineada con la operativa real del ayuntamiento o entidad.
6. Supervisión y mejora continua
El sistema debe incluir mecanismos de revisión constante:
Auditorías internas.
Actualización del mapa de riesgos.
Informes de seguimiento.
Evaluación de la eficacia de las medidas implantadas.
Un programa vivo y bien gestionado demuestra diligencia activa ante cualquier inspección, investigación o procedimiento sancionador.
Ámbitos clave que debe cubrir un plan de compliance municipal
Contratación pública: procesos de licitación, adjudicación y ejecución de contratos.
Urbanismo y obras: permisos, licencias, convenios urbanísticos.
Gestión de personal: selección, nombramientos, retribuciones, incompatibilidades.
Relaciones con proveedores y terceros.
Gestión de fondos públicos y subvenciones.
Protección de datos personales.
Publicidad institucional y transparencia.
Relación con ciudadanos y buen gobierno.
El plan debe adaptarse al tamaño, estructura y competencias del municipio o entidad local.
Normativa aplicable al compliance en el ámbito local
Código Penal (responsabilidad penal de personas jurídicas y entes instrumentales).
Ley 2/2023, de protección de informantes.
Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público.
Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común.
Ley 3/2015, de altos cargos.
Ley 19/2013, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno.
Ley Orgánica 3/2018, de protección de datos personales.
Normativa autonómica y sectorial específica.
Conocer e integrar estas normas es una tarea compleja, que requiere experiencia jurídica y conocimiento del funcionamiento de la administración.
Errores comunes al implantar compliance en administraciones públicas
Redactar un código ético genérico sin conexión con la actividad real.
No realizar un análisis previo de riesgos.
Implementar el sistema sin formación ni seguimiento.
Usar un canal ético solo como “buzón de quejas”.
No documentar ni auditar las medidas adoptadas.
Un modelo bien diseñado evita estos errores y aporta valor institucional y operativo.
¿Eres responsable de una administración local y necesitas asegurar el cumplimiento normativo?
Proteger a la institución, a sus responsables y a sus trabajadores ante riesgos legales exige una gestión pública basada en el control interno, la transparencia y la prevención.
En Audidat ayudamos a ayuntamientos y entidades del sector público a diseñar e implantar modelos eficaces de cumplimiento normativo, adaptados a su realidad jurídica y organizativa, a través del servicio de Compliance. Una solución profesional, alineada con las obligaciones actuales y sin compromiso.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio el compliance en ayuntamientos pequeños?
No es obligatorio por ley tener un plan de compliance completo, pero sí lo es cumplir con numerosas normativas que forman parte de él, como el canal de denuncias, la transparencia o la protección de datos. Un plan facilita ese cumplimiento integral.
¿Quién debe encargarse del compliance en una administración local?
Puede hacerlo personal interno (por ejemplo, Secretaría o Intervención), pero es recomendable contar con apoyo externo especializado que asegure imparcialidad, actualización normativa y objetividad.
¿Qué ocurre si no se atiende una denuncia interna?
Puede haber responsabilidad disciplinaria, administrativa o incluso penal si se trata de un hecho grave. La existencia de un canal mal gestionado puede ser más perjudicial que no tenerlo.
¿El compliance es compatible con la autonomía local?
Sí. El sistema se adapta a la autonomía y competencias de cada administración, sin imponer modelos rígidos. Se trata de reforzar el autogobierno con herramientas de buen gobierno.