- La Audiencia Provincial de A Coruña impone seis años y medio de prisión a una enfermera por acceder sin permiso a datos médicos.
- La acusada consultó los historiales clínicos de una madre y su hijo en 13 ocasiones a través del sistema IANUS.
- Además de la pena de prisión, deberá indemnizar con 2.000 euros a cada una de las víctimas.
- La sentencia aún puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.
Acceso no autorizado a datos clínicos
La Audiencia Provincial de A Coruña, en su sección sexta, ha condenado a una enfermera del Servizo Galego de Saúde (Sergas) a seis años y medio de prisión por acceder sin consentimiento a los historiales clínicos de una mujer y su hijo en al menos 13 ocasiones. Además, la sentencia establece una indemnización de 2.000 euros para cada una de las víctimas.
El tribunal considera probado que la enfermera accedió en tres ocasiones al historial de la madre y en diez al del menor, sin justificación médica ni profesional. No obstante, los magistrados no encontraron pruebas de que la acusada hubiera compartido estos datos con terceros.
Un conflicto previo entre la enfermera y la querellante
La sentencia señala que la relación entre la madre del menor y la enfermera terminó en junio de 2018 tras un conflicto durante una excursión escolar. Este hecho resulta clave, ya que la Sala considera «imposible» que la madre o su marido hubieran autorizado los accesos a través del sistema IANUS, empleado por los profesionales del Sergas.
La defensa argumentó la existencia de un consentimiento tácito, hipótesis que el tribunal rechazó al considerarla «incompatible» con la situación entre ambas partes.
Grave vulneración de la privacidad
El acceso no autorizado a historiales clínicos constituye una infracción grave de la normativa de protección de datos y privacidad. En este caso, la enfermera utilizó su acceso al sistema informático del Sergas sin ninguna justificación profesional.
La sentencia subraya la necesidad de garantizar la seguridad de los datos médicos y la importancia de implementar controles estrictos para evitar accesos indebidos.
Posible recurso ante el TSXG
La condena aún no es firme y podría ser recurrida ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG). Si se ratifica, este caso marcaría un precedente relevante en la protección de la privacidad en el ámbito sanitario.