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El BOE publica la Ley Orgánica de Eficiencia del Servicio Público de Justicia con avances frente a la violencia sexual

  • Los Juzgados de Violencia sobre la Mujer asumirán competencias en casos de violencia sexual, incluyendo delitos como la mutilación genital femenina, el matrimonio forzado y el acoso sexual.
  • Se garantiza la justicia gratuita a mujeres y menores de edad víctimas de delitos contra la libertad sexual.
  • La norma refuerza la coordinación de las Fiscalías y amplía las garantías para víctimas menores de edad, personas con discapacidad y víctimas de trata.
  • Se introduce una modificación en el Estatuto de los Trabajadores para reforzar la nulidad de despidos en situaciones de adaptación de jornada o permisos familiares.

 

Nuevas competencias para los Juzgados de Violencia sobre la Mujer

La publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de la Ley Orgánica de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia supone un paso significativo en la protección de las víctimas de violencia sexual. Entre las principales modificaciones introducidas, destaca que los Juzgados de Violencia sobre la Mujer asuman la instrucción de casos relacionados con violencia sexual, ampliando su ámbito de actuación a los delitos contemplados en el Título VIII del Libro II del Código Penal.

Estos delitos incluyen:

  • Mutilación genital femenina.
  • Matrimonio forzado.
  • Acoso sexual con connotación de género.

La Ley establece que, en situaciones donde exista un solapamiento de competencias con las Secciones de Violencia contra la Infancia y Adolescencia, será la Sección de Violencia sobre la Mujer la encargada de los procedimientos.

Justicia gratuita para víctimas de violencia sexual

Uno de los avances más destacados es el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita para:

  • Mujeres víctimas de delitos contra la libertad sexual.
  • Personas menores de edad afectadas por los mismos delitos.

Esto incluye asistencia en casos de trata de seres humanos, violencia sexual, y situaciones relacionadas con la mutilación genital femenina o el matrimonio forzado.

Refuerzo en la actuación de las Fiscalías

La Ley modifica el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, otorgando a esta institución competencias para coordinar los criterios de actuación en casos de violencia de género y violencia sexual. Esta medida busca homogeneizar las actuaciones de las distintas fiscalías y garantizar una respuesta más eficaz y uniforme en todo el territorio español.

Protección para víctimas vulnerables

En lo que respecta a víctimas menores de edad, con discapacidad o víctimas de trata, la Ley Orgánica introduce un enfoque más humanizado en los procedimientos judiciales. Se establece que estas personas puedan participar en los procesos legales desde lugares seguros donde se encuentren, recibiendo atención, asesoramiento y protección de forma adecuada.

Modificaciones en el Estatuto de los Trabajadores

La Ley también incorpora un cambio en el Estatuto de los Trabajadores, en línea con lo establecido por la Ley de Paridad, para reforzar la protección frente a los despidos nulos. En particular, afecta a trabajadores en las siguientes circunstancias:

  • Personas con adaptación de jornada laboral.
  • Personas que disfruten del permiso de cinco días por hospitalización de familiares.

Este cambio procesal refuerza la nulidad de estos despidos, garantizando mayores derechos para las personas trabajadoras.

Un avance hacia una justicia más eficiente y equitativa

Con esta Ley, el Gobierno busca consolidar una justicia más accesible y efectiva para las víctimas de violencia sexual y de género, ampliando la coordinación institucional, garantizando derechos esenciales y reforzando la protección en situaciones de especial vulnerabilidad.

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