Desde el 4/3/2024, empresas de más de 50 empleados deben implantar obligatoriamente el protocolo de acoso LGTBI

El Gobierno aprueba un reglamento para garantizar los derechos laborales de personas LGTBI y trans

En este artículo hablamos sobre:

  • Las empresas con más de 50 empleados deben implementar medidas contra la discriminación de personas LGTBI, aplicables también a trabajadores temporales, proveedores y solicitantes de empleo.
  • El reglamento desarrolla la Ley 4/2023 y establece un plazo de tres a seis meses para negociar e implementar estas medidas en los convenios colectivos.
  • Incluye siete áreas clave, entre ellas cláusulas de igualdad, formación, entornos seguros y un régimen disciplinario para sancionar comportamientos discriminatorios.

Obligaciones para las empresas y protección reforzada

El nuevo reglamento, aprobado el 9 de octubre de 2024, amplía las obligaciones de las empresas en la implementación de políticas de igualdad y no discriminación para personas LGTBI y trans. Este desarrollo de la Ley 4/2023 exige que las empresas con más de 50 trabajadores adopten medidas específicas para garantizar un trato igualitario. Aunque para empresas con menor plantilla la adopción es voluntaria, el reglamento es de aplicación obligatoria para todas las personas que trabajen en el ámbito organizativo, independientemente de su vínculo contractual.

Además, las compañías deberán extender los protocolos de prevención del acoso y la violencia hacia cualquier persona en contacto con la empresa, incluyendo proveedores, clientes y candidatos a un puesto de trabajo.

Plazos para negociar e implementar las medidas

El reglamento establece que las medidas deben negociarse en el marco de los convenios colectivos, ya sea de ámbito empresarial o superior. Para los convenios ya vigentes, se da un plazo de tres meses para iniciar la revisión y añadir las medidas necesarias. En empresas sin convenio, estas negociaciones se realizarán mediante acuerdos con la representación legal de los trabajadores. Si no existe representación, la empresa deberá constituir una comisión negociadora en un plazo de seis meses.

Una vez iniciadas las negociaciones, las partes tendrán tres meses para alcanzar un acuerdo. Si no se logra, las empresas deberán aplicar los contenidos mínimos establecidos en el reglamento hasta que se formalice un convenio definitivo.

Siete medidas clave para la protección de personas LGTBI

El reglamento detalla siete áreas esenciales para promover un entorno laboral inclusivo y seguro para las personas LGTBI:

  1. Cláusulas de igualdad de trato y no discriminación
    Los convenios deberán incluir cláusulas que favorezcan un contexto inclusivo y libre de discriminación, con referencia específica a la orientación sexual, identidad y expresión de género, y características sexuales.

  2. Acceso al empleo
    Las empresas deben asegurar procesos de selección basados en criterios objetivos y libres de sesgos, especialmente en el caso de personas trans, un colectivo vulnerable en el mercado laboral.

  3. Clasificación y promoción profesional
    La clasificación y promoción en el trabajo deben basarse en criterios objetivos para evitar cualquier tipo de discriminación directa o indirecta hacia el colectivo LGTBI.

  4. Formación, sensibilización y lenguaje inclusivo
    Las empresas están obligadas a incluir en sus planes de formación contenidos específicos sobre derechos LGTBI en el ámbito laboral. Además, deben fomentar el uso de un lenguaje inclusivo y respetuoso hacia la diversidad.

  5. Entornos laborales seguros e inclusivos
    Se deben promover plantillas diversas y garantizar la protección contra conductas LGTBIfóbicas mediante protocolos claros frente al acoso y la violencia.

  6. Permisos y beneficios sociales
    Los convenios deben asegurar el acceso igualitario a permisos y beneficios sociales, sin discriminación basada en orientación sexual o identidad de género. Esto incluye permisos para consultas médicas y trámites legales, con especial atención a las necesidades del colectivo trans.

  7. Régimen disciplinario
    El reglamento establece la obligatoriedad de incluir infracciones y sanciones específicas en el régimen disciplinario por actitudes o comportamientos que vulneren los derechos de personas LGTBI.

Hacia un entorno laboral inclusivo y seguro

Este nuevo reglamento representa un avance en la agenda social del Gobierno y busca asegurar que el colectivo LGTBI cuente con un entorno laboral libre de discriminación y hostilidad. Las empresas tienen la responsabilidad de adaptar sus políticas y convenios a estas nuevas exigencias, lo cual incluye la implementación de protocolos específicos y la formación de sus plantillas para prevenir la discriminación y promover la igualdad efectiva en el ámbito laboral.

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