Desde el 4/3/2024, empresas de más de 50 empleados deben implantar obligatoriamente el protocolo de acoso LGTBI

La ley de paridad entra en vigor para recuperar el blindaje al despido por cambio de jornada

En este artículo hablamos sobre:

  • La Ley de Paridad, que entra en vigor hoy, elimina por error la protección frente al despido improcedente para trabajadores que soliciten permisos de conciliación, reducciones de jornada o excedencias.
  • El Ministerio de Igualdad ha reconocido el «error técnico» y asegura que buscará corregirlo en las primeras oportunidades parlamentarias, aunque no hay una fecha concreta para la subsanación.
  • Este fallo podría dejar a muchos trabajadores desprotegidos, obligándolos a probar ante los tribunales que su despido fue por motivos de conciliación, en lugar de considerar automáticamente nulo el despido.
  • La ley también introduce nuevas cuotas de género, exigiendo que al menos el 40% de los cargos directivos en grandes empresas y la Administración General del Estado sean ocupados por mujeres para 2025.

Ya ha entrado en vigor la Ley Orgánica 2/2024, conocida como la Ley de Paridad, que introduce modificaciones en el Estatuto de los Trabajadores. Sin embargo, esta nueva ley ha generado preocupación debido a un «error lamentable» que elimina la protección contra el despido improcedente para empleados que soliciten permisos de conciliación, como el cuidado de familiares, excedencias, o adaptaciones de jornada laboral. Este fallo, reconocido por el propio Ministerio de Igualdad, podría dejar desprotegidos a miles de trabajadores que buscan equilibrar su vida personal y profesional.

Un fallo legislativo que deja desprotegidos a los trabajadores

El error se encuentra en la disposición final novena de la ley, y su corrección no será inmediata. Aunque el Ministerio de Igualdad ha asegurado que se intentará enmendar el fallo en las primeras acciones parlamentarias posibles, aún no se ha establecido una fecha concreta para solucionar este grave desliz. Mientras tanto, los trabajadores afectados tendrán que demostrar ante los tribunales que su despido está relacionado con la solicitud de estos permisos, lo que representa un cambio significativo respecto a la protección previa, que consideraba nulo el despido en tales circunstancias.

Reacciones y consecuencias

El secretario general de UGT, Pepe Álvarez, señaló que el error podría haberse corregido en el BOE, lo que evitaría el vacío legal que ahora afecta a los trabajadores. La ministra de Igualdad, Ana Redondo, calificó el fallo de «técnico» y afirmó que se corregirá lo antes posible. Sin embargo, la falta de una solución inmediata ha generado incertidumbre y alarma entre los defensores de los derechos laborales, quienes advierten que este error podría deshacer años de avances en la protección de los trabajadores.

Contexto y nuevas obligaciones de la Ley de Paridad

La Ley de Paridad también introduce nuevas cuotas de género en los equipos directivos de grandes empresas y la Administración General del Estado. A partir de junio de 2025, al menos el 40% de los cargos directivos deberán ser ocupados por mujeres en las empresas del Ibex 35, y para 2026, este requisito se extenderá al resto de las empresas cotizadas. Además, la ley contempla medidas correctoras para evitar que las investigadoras y otras profesionales sean penalizadas en su carrera por razones como el embarazo o el cuidado de los hijos.

La rapidez del Gobierno será crucial 

Aunque la Ley de Paridad busca avanzar en la igualdad de género y establece cuotas para garantizar una representación equilibrada, el error en la disposición final ha creado un serio problema de protección laboral. Hasta que se corrija este fallo, los trabajadores que soliciten permisos de conciliación estarán en una posición más vulnerable, lo que podría provocar un aumento en las disputas laborales y en la carga judicial para resolver estos casos. La rapidez con la que el Gobierno aborde este problema será crucial para restaurar la confianza en esta nueva normativa y asegurar que no se pierdan los derechos laborales conquistados.

Más artículos sobre cumplimiento normativo

Más de 20 años cumpliendo contigo

¿Necesitas ayuda?

Te asignaremos un consultor experto para buscar una solución a tu problema en menos de 24h. ¡Escríbenos!

¡Será un placer ayudarte!

¿Necesitas asesoramiento personalizado?
¿Necesitas un presupuesto a medida?

Te ayudamos

Coméntanos tu problema para asignarte un consultor especializado y darte una solución jurídica en menos de 24hs.

INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS
Responsable del tratamiento: AUDIDAT 3.0, S.L. | Dirección del responsable: Paseo de la Castellana 182, 6ª planta 28046 Madrid | Finalidad: Sus datos serán usados para poder atender sus solicitudes y prestarle nuestros servicios. Asimismo, si usted nos ha facilitado su currículum personal, sus datos personales serán utilizados para participar en nuestros procesos de selección. | Publicidad: Solo le enviaremos publicidad con su autorización previa, que podrá facilitarnos mediante la casilla correspondiente establecida al efecto. | Legitimación: Únicamente trataremos sus datos con su consentimiento previo, que podrá facilitarnos mediante la casilla correspondiente establecida al efecto. | Destinatarios: Con carácter general, sólo el personal de nuestra entidad que esté debidamente autorizado podrá tener conocimiento de la información que le pedimos. Así mismo comunicaremos su información a entidades ofertantes interesadas en su perfil curricular. | Derechos: Tiene derecho a saber qué información tenemos sobre usted, corregirla y eliminarla, tal y como se explica en la información adicional disponible en nuestra página web. | Información adicional: Más información en el apartado ““política de privacidad”” de nuestra página web. | Delegado de Protección: de Datos dpd@audidat.com