- Plazo de adaptación: Las empresas tienen hasta el 2 de marzo de 2024 para implementar un plan de igualdad según la Ley 4/2023.
- Sanciones económicas: Multas de hasta 150.000 euros por no cumplir con la normativa de igualdad LGTBI.
- Medidas requeridas: Protocolo de actuación contra el acoso a personas LGTBI y fomento de prácticas de igualdad y no discriminación.
Implementación Obligatoria de Planes de Igualdad
Con la entrada en vigor de la Ley 4/2023, destinada a promover la igualdad real de personas trans y garantizar los derechos de la comunidad LGTBI, las empresas con más de 50 empleados están obligadas a adoptar un plan de igualdad. Este debe incluir medidas concretas y recursos para asegurar la igualdad efectiva de las personas LGTBI.
Elementos Clave del Plan de Igualdad
El plan de igualdad, estipulado en el artículo 15 de la ley, debe incluir un protocolo de actuación para casos de acoso o violencia contra personas LGTBI. Además, se deben desarrollar medidas a través de la negociación colectiva y con la participación de representantes legales de los trabajadores. Estas medidas abarcarán desde la creación de indicadores de igualdad hasta la promoción de prácticas inclusivas.
Régimen Sancionador ante Incumplimientos
Las empresas que no cumplan con los requisitos de la Ley Trans enfrentarán sanciones económicas significativas. Las infracciones leves serán penalizadas con multas de 200 a 2.000 euros, mientras que las más graves podrían alcanzar hasta 150.000 euros. Además, se contempla la posibilidad de retirar subvenciones, suspender ayudas públicas y, en casos extremos, el cierre temporal o permanente de la empresa infractora.
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