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Privacidad en turismo: un compromiso más allá de la figura del Delegado de Protección de Datos

En este artículo hablamos sobre:

  • La moratoria del Real Decreto 933/2021 reabre el debate sobre privacidad y seguridad en el sector turístico.

  • La designación de un DPO no es obligatoria para todos, pero adoptar medidas sólidas de protección de datos es clave.

  • La confianza del viajero se construye con transparencia, formación y buenas prácticas, más allá del cumplimiento normativo.

  • La privacidad se posiciona como un valor estratégico para hoteles y agencias, no solo como una exigencia legal.

El reto del turismo: personalización sin comprometer la privacidad

El sector turístico, por su naturaleza global y digitalizada, se enfrenta al desafío constante de ofrecer experiencias personalizadas a los viajeros sin poner en riesgo su privacidad. La reciente prórroga para la aplicación del Real Decreto 933/2021 —ahora fijada hasta el 2 de diciembre de 2024— ha vuelto a situar en el centro del debate la necesidad de encontrar un equilibrio entre seguridad y protección de datos en hoteles y agencias de viajes.

Este aplazamiento responde a las numerosas quejas del sector ante las exigencias de comunicación de datos, pero también ha servido para reforzar la importancia de integrar la privacidad como parte del servicio al cliente.

¿Es imprescindible contar con un Delegado de Protección de Datos?

Según el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), el nombramiento de un Delegado de Protección de Datos (DPO) solo es obligatorio en aquellos casos donde se traten datos a gran escala o especialmente sensibles. En el caso de muchas empresas turísticas, como hoteles o agencias de viajes, el tratamiento de datos suele limitarse a finalidades operativas, como la gestión de reservas, sin alcanzar la magnitud que impone esta exigencia legal.

No obstante, y más allá del marco normativo, la abogada Paloma Aguilar Huerta, de Tourism & Law Abogados, subraya que la privacidad se ha convertido en un factor determinante para la confianza del cliente. Contar con protocolos robustos y profesionales capacitados es hoy una decisión estratégica que aporta valor, aunque no exista una obligación expresa de designar un DPO.

Más allá de figuras: la cultura de la privacidad como valor diferencial

Para las grandes compañías con alta exposición internacional o un gran volumen de datos, la figura del DPO puede ser un activo que refuerce el cumplimiento normativo y facilite la interlocución con autoridades y usuarios. Pero para la mayoría del tejido empresarial turístico, lo esencial no es tanto una figura concreta como el establecimiento de una verdadera cultura de protección de datos.

Medidas como el cifrado de la información, la restricción de accesos, la formación continua del personal o la transparencia en el uso de los datos son claves para garantizar la privacidad y minimizar riesgos. Estas acciones, además, pueden ejecutarse sin necesidad de estructuras complejas, pero sí con una firme voluntad de proteger la confianza del cliente.

La regulación, como oportunidad para reforzar la confianza

En definitiva, la regulación en protección de datos debe interpretarse como una herramienta de fortalecimiento del sector turístico, no como una carga burocrática. En un entorno digital cada vez más exigente, adoptar una postura proactiva ante la privacidad es un factor de diferenciación y fidelización.

El compromiso con la seguridad de la información no se limita al cumplimiento legal, sino que debe integrarse como parte del valor añadido que ofrecen los servicios turísticos. Porque la confianza del viajero, hoy más que nunca, empieza por el respeto a su privacidad.

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