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Anteproyecto de Ley Orgánica para la protección de las personas menores de edad en los entornos digitales

En este artículo hablamos sobre:

El Consejo de Ministros ha aprobado recientemente el anteproyecto de Ley Orgánica para la protección de menores de edad en los entornos digitales. Esta norma se crea con el objetivo de proteger a los menores del acceso a contenido inapropiado y garantizar su desarrollo en un entorno digital seguro y positivo.

Exposición de motivos

La ley destaca los daños potenciales que puede ocasionar el acceso a contenido inapropiado en los menores, conforme a la Iniciativa Internet Segura para Niños del Instituto Nacional de Ciberseguridad (INCIBE):

  1. Daños psicológicos y emocionales: Vulnerabilidad de los menores.
  2. Desinformación y manipulación: Contenidos falsos pueden confundir a los menores.
  3. Conductas peligrosas: Asumir contenidos inapropiados como positivos.
  4. Daños para la salud física: Promoción de desórdenes alimenticios, autolesión o consumo de drogas.
  5. Inclusión en grupos dañinos: Acceso a colectivos extremistas o violentos.
  6. Adicciones: Falta de capacidad crítica para gestionar contenidos inapropiados.
  7. Gastos económicos: Fraudes y estafas.


El objetivo principal es crear un entorno digital seguro que proteja el desarrollo integral de los menores, evitando estos riesgos.

Disposiciones generales

El título preliminar establece el marco básico para garantizar el respeto y disfrute de los derechos de los menores en los entornos digitales. Se busca fomentar la participación activa de los menores y superar las barreras de la discriminación.

Protección de menores como consumidores

En el título I y en la disposición final cuarta, se recogen medidas de protección para menores en su calidad de consumidores y usuarios, modificando la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.

Medidas educativas

El título II abarca medidas en el ámbito educativo para promover el uso seguro de las tecnologías y mejorar las capacidades digitales del alumnado, asegurando una digitalización inclusiva.

Medidas sanitarias

En el título II, capítulo III, se abordan medidas sanitarias para prevenir problemas de salud derivados del uso inadecuado de las tecnologías, como problemas de salud mental, autoestima, adicciones, concentración, sueño, obesidad y visión, así como prevención del suicidio.

Medidas en el sector público

El título IV establece medidas para que los poderes públicos promuevan la libertad e igualdad de las personas, facilitando la participación ciudadana en la esfera social, política, cultural y económica.

Interrupción de servicios

La ley permite la interrupción de servicios de la sociedad de la información que ofrezcan acceso a contenido perjudicial para menores, siempre con autorización judicial.

Modificaciones al Código Penal

El anteproyecto incluye cambios en el Código Penal para adaptarlo a nuevas formas de criminalidad y proteger a los menores frente a delitos tecnológicos:

  1. Pena de alejamiento de entornos virtuales.
  2. Ultrafalsificaciones: Imágenes o voces manipuladas tecnológicamente.
  3. Material pornográfico: Poner a disposición de menores contenido pornográfico.
  4. Enmascaramiento de identidad: Uso de identidades falsas para cometer delitos.

Modificaciones a la Ley de Protección de Datos

Se eleva de 14 a 16 años la edad mínima para que los menores puedan prestar consentimiento para el tratamiento de sus datos personales.

Modificaciones a la Ley General de Comunicación Audiovisual

  1. Canales de denuncia: Mejora de la efectividad de los canales de denuncia en sitios web corporativos.
  2. Protección de menores: Refuerzo de medidas para evitar la exposición a contenidos inapropiados y establecimiento de sistemas de control parental.
  3. Influencers: Obligaciones para usuarios de especial relevancia que empleen servicios de intercambio de vídeos.
  4. Infracciones: Modificaciones en el artículo 93.4 para tipificar infracciones y responsabilidades penales.
  5. Sanciones: La CNMC puede imponer el cese del servicio de intercambio de vídeos como sanción accesoria.

Participación pública

Este anteproyecto se encuentra en fase de participación pública, permitiendo a los ciudadanos aportar ideas y sugerencias a través de los portales web de los departamentos ministeriales.

La futura ley pretende equilibrar la protección de los menores en los entornos digitales con la promoción de un uso adecuado y respetuoso de las nuevas tecnologías, asegurando su desarrollo integral y la plena protección de sus derechos y libertades.

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