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Cumplimiento Normativo Cartagena

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Compliance y Consultoría Especializada en Cartagena

Audidat en Cartagena se posiciona como la firma líder en consultoría integral de cumplimiento normativo, destacando en áreas clave como Compliance, Esquema Nacional de Seguridad (ENS) y Planes de Igualdad. Nuestra expertise abarca desde la implementación de rigurosos sistemas de compliance hasta el desarrollo e integración de estrategias de seguridad y igualdad, adaptadas a las necesidades específicas de cada organización en el ámbito local.

Con un profundo conocimiento de la las necesidades de las empresas locales y de la normativa nacional, Audidat Cartagena ofrece soluciones personalizadas para asegurar que las empresas no solo cumplan con sus obligaciones legales, sino que también promuevan un entorno de trabajo ético, seguro y equitativo. Nuestra misión es garantizar que nuestros clientes estén a la vanguardia del cumplimiento normativo, protegiendo sus operaciones y reputación en un mercado cada vez más competitivo y regulado.

Este enfoque integral no solo refleja nuestro compromiso con la excelencia en el servicio y la adaptación a las dinámicas locales, sino que también establece a Audidat Cartagena como el socio preferente para empresas que buscan navegar el complejo panorama del cumplimiento normativo con confianza y eficacia.

Actualidad de Cumplimiento Normativo en Cartagena

¿Qué es un Delegado de Protección de Datos y por qué lo necesitas?

¿Qué es un Delegado de Protección de Datos y por qué lo necesitas?

Definición del Delegado de Protección de Datos (DPD / DPO) El Delegado de Protección de Datos (DPD o DPO por sus siglas en inglés) es la figura encargada de supervisar el cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la LOPDGDD dentro de una organización. Su papel es clave para garantizar que el tratamiento de datos personales se realice conforme a la normativa vigente. Funciones principales del DPO Supervisar el cumplimiento del RGPD y la LOPDGDD. Asesorar sobre evaluaciones de impacto y medidas de seguridad. Actuar como punto de contacto con la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Formar y sensibilizar al personal sobre protección de datos. ¿Cuándo es obligatorio un DPO? Estás obligado a contar con un delegado de protección de datos externo o interno si: Eres una autoridad u organismo público. Tu actividad principal implica una observación habitual y sistemática de interesados a gran escala. Tratas categorías especiales de datos (salud, ideología, orientación sexual, etc.) a gran escala. Ventajas de contar con un DPD externo Ahorro de costes y tiempo en formación interna. Garantía de experiencia y especialización legal. Reducción de riesgos de sanciones por incumplimiento. Sanciones por no contar con un DPD No designar un DPO cuando es obligatorio puede conllevar sanciones de hasta 10 millones de euros o el 2% de la facturación anual. Además, la AEPD puede iniciar inspecciones y procesos sancionadores. ¡Evita riesgos y protege tu empresa! Si no estás seguro de si necesitas un DPO, consulta nuestra consultoría en protección de datos o contrata un delegado de protección de datos externo para garantizar el cumplimiento normativo sin complicaciones.

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Cómo adaptar tu empresa al RGPD sin morir en el intento

Cómo adaptar tu empresa al RGPD sin morir en el intento

¿Qué es el RGPD y por qué debes cumplirlo? El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) es una normativa europea que regula el tratamiento de datos personales. Afecta a todas las empresas que gestionen información de personas físicas en la UE. Su incumplimiento puede suponer sanciones de hasta 20 millones de euros o el 4% de la facturación anual. Paso a paso para adaptar tu empresa al RGPD 1. Audita tus datos Realiza una auditoría de protección de datos para saber qué información recoges, con qué finalidad y dónde la almacenas. 2. Informa de forma clara Actualiza tus cláusulas de privacidad, avisos legales y formularios para garantizar la transparencia en el tratamiento de datos. 3. Obtén consentimiento explícito Revisa tus bases legales. El consentimiento debe ser libre, informado y verificable. Evita las casillas premarcadas. 4. Refuerza la seguridad Implementa medidas técnicas y organizativas para proteger los datos: cifrado, contraseñas robustas, backups, etc. 5. Gestiona los derechos de los usuarios Establece mecanismos para responder a solicitudes de acceso, rectificación, cancelación, oposición, portabilidad y limitación del tratamiento. 6. Redacta un registro de actividades Es obligatorio para la mayoría de empresas. Debe reflejar cómo y por qué tratas datos personales. 7. Valora nombrar un Delegado de Protección de Datos Dependiendo del volumen y tipo de datos tratados, podría ser necesaria la figura de un delegado de protección de datos externo. Recursos para facilitar la adaptación Consultoría RGPD empresas: Asesoramiento especializado para garantizar el cumplimiento. Servicio de adaptación a la LOPD: Para empresas que también deben cumplir con la legislación española. Checklist para cumplir con el RGPD: Herramienta para verificar paso a paso tu cumplimiento. ¡Evita sanciones y gana en confianza! Adaptarte al RGPD no tiene por qué ser un dolor de cabeza. Con la ayuda adecuada y los recursos correctos, puedes convertir la protección de datos en una ventaja competitiva. Descubre nuestro servicio de implementación de medidas de seguridad RGPD y protege tu empresa desde hoy.

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Plan de igualdad: ejemplo y guía para empresas

Plan de igualdad: ejemplo y guía para empresas

¿Qué es un plan de igualdad? Un plan de igualdad es una herramienta que permite a las empresas garantizar la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, y eliminar la discriminación por razón de sexo en el entorno laboral. Está regulado por la Ley Orgánica 3/2007 y el RD 901/2020. ¿Cuándo es obligatorio? Todas las empresas con 50 o más empleados están obligadas a implantar un plan de igualdad obligatorio para empresas. También es obligatorio si lo establece el convenio colectivo o si la autoridad laboral lo requiere como medida correctora. Estructura de un plan de igualdad: Ejemplo 1. Compromiso de la Empresa Declaración de intenciones de la dirección sobre la promoción de la igualdad. 2. Creación de la comisión de igualdad Formada por representantes de la empresa y de los trabajadores. 3. Diagnóstico de situación Análisis de: Brecha salarial Promoción interna Conciliación Prevención del acoso 4. Definición de objetivos y medidas Ejemplo de medidas: Publicación de ofertas laborales en lenguaje inclusivo. Establecer protocolos de acoso laboral. Flexibilidad horaria para la conciliación. 5. Implantación y seguimiento Designar responsables. Calendario de aplicación. Indicadores de evaluación. Beneficios para tu empresa Mejora del clima laboral y de la reputación corporativa. Acceso a subvenciones y contratos públicos. Prevención de sanciones por incumplimiento de la normativa. Recursos clave Consultoría en planes de igualdad: Apoyo experto en el diseño e implantación. Auditoría retributiva plan de igualdad: Para detectar y corregir desigualdades salariales. Servicio de implantación de planes de igualdad: Solución integral para empresas. ¡Empieza hoy tu plan de igualdad! Implementar un plan de igualdad es una obligación legal y una oportunidad para construir una empresa más justa y competitiva. Descubre nuestro servicio de elaboración de planes de igualdad y da el primer paso hacia la igualdad real.

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Canarias refuerza su lucha contra el acoso laboral en centros educativos con un nuevo protocolo

Canarias refuerza su lucha contra el acoso laboral en centros educativos con un nuevo protocolo

El nuevo protocolo se centra en agilizar la gestión de denuncias por acoso laboral y adaptarse al Convenio 190 de la OIT. Incluye la creación de Comisiones de Valoración del Acoso Laboral (CVAL) de carácter permanente. Se reconoce el ciberacoso como forma específica de acoso laboral en entornos educativos. Apuesta por una gestión preventiva psicosocial para entornos docentes más seguros y saludables. Un enfoque más operativo y adaptado al marco legal actual La Administración educativa canaria ha aprobado un nuevo Protocolo de actuación ante situaciones de acoso en el entorno laboral de los centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes. Publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 45 (5 de marzo de 2025), el documento responde a la necesidad de actualizar el anterior marco con un enfoque más operativo, preventivo y conforme a los nuevos compromisos legales, como el Convenio 190 de la OIT. Este protocolo se concibe como el último nivel de intervención administrativa dentro de la gestión de conflictos, con respeto a los principios de intervención mínima y proporcionalidad, y con el objetivo de responder de forma eficaz y ágil a las denuncias por acoso. Ciberacoso laboral: una nueva categoría contemplada Una de las principales novedades del protocolo es la inclusión del ciberacoso laboral como forma específica de acoso. Este se define como cualquier conducta de agresión puntual o reiterada realizada a través de TIC que afecte de forma duradera a la víctima. Se incluyen, entre otras, prácticas como: Difusión de mensajes, imágenes o vídeos ofensivos. Vulneración de la intimidad digital mediante dispositivos de empresa. Uso indebido de videovigilancia o geolocalización. Suplantación de identidad en redes sociales para dañar la reputación. El protocolo incorpora un listado abierto de conductas indiciarias y remarca la importancia de evitar la revictimización durante el proceso. Nuevas Comisiones de Valoración del Acoso Laboral El texto establece la creación de dos Comisiones de Valoración del Acoso Laboral (CVAL) permanentes, que se encargarán de analizar las denuncias por acoso laboral, sexual o por cualquier forma de discriminación. Estas comisiones contarán con personas designadas en el plazo máximo de un mes por la Dirección General de Personal y Formación del Profesorado y la Secretaría General Técnica. Asimismo, el protocolo introduce mejoras estructurales como: Centralización de funciones administrativas para evitar duplicidades. Aceleración del procedimiento, reduciendo trámites innecesarios. Canales de denuncia seguros, como el buzón electrónico confidencial. Una visión integral y preventiva del entorno psicosocial El nuevo protocolo no se limita al ámbito sancionador, sino que pone especial énfasis en la prevención de riesgos psicosociales. Se contempla la elaboración periódica de estadísticas y estudios sobre el impacto del acoso en la carrera profesional de las víctimas, así como la identificación de colectivos vulnerables. También se prevé: Evaluaciones periódicas del protocolo. Estudios sobre riesgos psicosociales en los centros. Inclusión del enfoque de género, en línea con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional. Una herramienta clave para la convivencia en centros públicos Este nuevo instrumento no solo busca mejorar la respuesta ante casos graves, sino también fortalecer la convivencia y la cultura del respeto en los centros educativos públicos de Canarias. Al distinguir entre conflictos interpersonales y situaciones de acoso, el protocolo recuerda que solo una gestión preventiva eficaz podrá evitar entornos laborales tóxicos e incompatibles con los valores que deben promover los centros de enseñanza.

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La Comunidad de Madrid despliega su Escudo Digital en ayuntamientos para reforzar la ciberseguridad

La Comunidad de Madrid despliega su Escudo Digital en ayuntamientos para reforzar la ciberseguridad

El Escudo Digital comienza a implantarse en San Agustín del Guadalix, Brunete y Torrelaguna. La tecnología permite bloquear conexiones maliciosas y prevenir amenazas como phishing y malware. El proyecto se acompaña de acciones para facilitar el cumplimiento del Esquema Nacional de Seguridad (ENS). La iniciativa se ampliará progresivamente a todos los municipios de la región. Protección avanzada frente a ciberataques en administraciones locales La Comunidad de Madrid ha iniciado el despliegue de su Escudo Digital, un sistema tecnológico diseñado para proteger los sistemas informáticos de los ayuntamientos frente a ciberamenazas. La iniciativa ha arrancado en los municipios de San Agustín del Guadalix, Brunete y Torrelaguna, con la previsión de extenderse progresivamente al resto de localidades madrileñas a lo largo del año. Este proyecto busca ofrecer a las administraciones locales una defensa integral frente a incidentes digitales, mediante el análisis y control en tiempo real del tráfico de Internet, el bloqueo de conexiones maliciosas y el filtrado de contenido inseguro. Prevención de amenazas como el phishing y el malware El Escudo Digital está diseñado para evitar ataques comunes como el phishing —suplantación de identidad a través de correos electrónicos fraudulentos— y el malware, programas informáticos que acceden sin autorización a los sistemas con fines maliciosos. “Gracias al Escudo Digital, las entidades locales pueden contar con soluciones tecnológicas avanzadas e innovadoras que previenen incidentes de ciberseguridad y garantizan la correcta gestión de los servicios digitales municipales”, señaló el consejero de Digitalización, Miguel López-Valverde, durante su visita a Torrelaguna. Apoyo a los municipios en el cumplimiento del ENS Junto con el despliegue del Escudo Digital, la Comunidad de Madrid está ofreciendo apoyo técnico a los ayuntamientos para su adecuación al Esquema Nacional de Seguridad (ENS). Este proceso es clave para asegurar que las entidades cumplan con los requisitos normativos en materia de protección de la información y prevención de riesgos. En esta fase inicial, se está trabajando con municipios como Valdelaguna y Torrelaguna, mediante la realización de diagnósticos de seguridad y la implementación de medidas que fortalezcan la ciberresiliencia de sus infraestructuras. Ciberseguridad como prioridad estratégica para la administración pública Con esta iniciativa, la Comunidad de Madrid refuerza su compromiso con la transformación digital segura de la administración pública, facilitando que incluso los municipios de menor tamaño cuenten con herramientas eficaces para proteger sus sistemas y garantizar la confianza en la prestación de servicios digitales.

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El Supremo avala el despido por videovigilancia sin aviso expreso ante delito flagrante

El Supremo avala el despido por videovigilancia sin aviso expreso ante delito flagrante

El Tribunal Supremo valida el uso de cámaras visibles como prueba en despidos si existe delito flagrante. La empresa no informó expresamente del uso disciplinario de las grabaciones, pero cumplía con los requisitos generales de la LOPD. El fallo unifica doctrina y consolida la videovigilancia como herramienta legítima de control laboral. La sentencia considera que el despido fue “justificado, idóneo, necesario y proporcional”. La videovigilancia como prueba válida en despidos disciplinarios El Tribunal Supremo ha respaldado el despido de una trabajadora de una tienda de moda en San Sebastián, cuya conducta fraudulenta fue captada por las cámaras del establecimiento. La empleada fue grabada realizando una devolución ficticia de prendas compradas con su tarjeta bancaria sin devolver físicamente la mercancía, mediante la manipulación del sistema informático. La empresa detectó la anomalía a través de un sistema interno de alertas y recurrió a las grabaciones de seguridad como prueba para justificar el despido disciplinario. Aunque la trabajadora recurrió argumentando que no había sido informada de que esas imágenes podrían usarse con fines sancionadores, el Supremo ha considerado que el uso fue lícito por tratarse de un delito flagrante. Un caso que aclara los límites de la videovigilancia laboral El caso generó un recorrido judicial extenso: un juzgado de primera instancia avaló el despido, pero el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco lo anuló, obligando a readmitir a la empleada y abonarle los salarios pendientes. La empresa presentó entonces recurso de casación ante el Supremo, que ha estimado su pretensión. La controversia giró en torno a la interpretación del artículo 89 de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (LOPD), que regula el uso de dispositivos de videovigilancia en el entorno laboral. Si bien la ley exige que los empleados sean informados sobre la finalidad concreta de las grabaciones, contempla una excepción: en casos de comisión flagrante de un acto ilícito, basta con que las cámaras sean visibles, haya carteles informativos y se haya comunicado su instalación a los trabajadores y su representación legal. El control empresarial, “justificado y proporcional” En la sentencia, fechada el 14 de enero de 2025, el Supremo concluye que la actuación empresarial fue “justificada, idónea, necesaria y proporcional”, al cumplirse con las condiciones mínimas exigidas: cámaras visibles, cartel informativo y conocimiento de la medida por parte de empleados y representantes sindicales. Por tanto, no era necesario informar específicamente de que las grabaciones podían utilizarse con fines disciplinarios. La existencia de un cartel de advertencia y la visibilidad de los dispositivos fueron suficientes en un contexto de delito flagrante. Un precedente relevante en la jurisprudencia laboral Según el Gabinete Jurídico Laboral, este fallo “marca un hito en la jurisprudencia laboral” al consolidar la validez de la videovigilancia como herramienta de control empresarial, siempre que se respeten los principios de información general, necesidad y proporcionalidad establecidos por la ley. Esta resolución servirá de referencia para futuras controversias sobre la legitimidad del uso de grabaciones como prueba en procesos disciplinarios, reforzando la posición de las empresas siempre que actúen dentro del marco legal.

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